Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 245 Miércoles, 26 de diciembre de 2018 Pág. 53741

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Ribeira

EDICTO (474/2016).

Yo, Violeta Reboredo Otero, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Ribeira, hago saber que en los autos de referencia se ha dictado la resolución cuyo encabezado y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

«Sentencia

Ribeira, 6 de agosto de 2018

Elena García Díez, jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Ribeira, ha visto los autos de juicio ordinario seguidos ante el mismo bajo el número de registro 474/2016, promovidos por la procuradora Delfina Pariente Pouso, en nombre y representación de Purificación González Gude y asistida por el letrado Manuel Lampón Suárez, contra Promociones Tizón Stilo, S.L., declarado en rebeldía procesal.

Fallo

Estimando la demanda formulada por la procuradora Delfina Pariente Pouso, en nombre y representación de Purificación González Gude, debo condenar y condeno a Promociones Tizón Stilo, S.L. al abono a la actora de la suma de 323.905 euros. Asimismo, se condena a la demandada rebelde al pago de los intereses de mora procesal previstos en el artículo 576 de la LEC desde el dictado de la sentencia, y todo ello con expresa imposición de costas a la parte demandada.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de A Coruña (artículo 455 de la LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 458 de la LEC).

Así, por esta mi sentencia, juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación a Promociones Tizón Stilo, S.L., expido y firmo el presente edicto.

Ribeira, 6 de agosto de 2018

La letrada de la Administración de justicia