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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 43 Viernes, 1 de marzo de 2019 Pág. 11957

III. Otras disposiciones

Academia Gallega de Seguridad Pública

RESOLUCIÓN de 21 de febrero de 2019 por la que se convocan cursos descentralizados en el ámbito de la formación continua para el personal de las agrupaciones de voluntarios/as de protección civil de la Comunidad Autónoma de Galicia.

El artículo 43 de la Ley 5/2007, de 7 de mayo, de emergencias de Galicia, establece que el personal del sistema integrado de protección civil y emergencias de Galicia estará formado tanto por personal de carácter profesional de servicios que realicen alguna actividad relacionada con la gestión de riesgos y de emergencias como por personal voluntario de entidades u organizaciones públicas o privadas sin ánimo de lucro que tengan como fin la protección de las personas, de los bienes y del ambiente en situaciones de gestión de riesgos y de emergencias. Según el artículo 44 de la citada ley, este personal se organizará en grupos operativos.

Por Resolución de 2 de agosto de 2010 se publicó el Plan territorial de emergencias de Galicia (Platerga) donde se establece la estructura de dirección y coordinación y las unidades organizativas para hacer frente de una manera coordinada a las emergencias que puedan producirse en Galicia derivadas de riesgos naturales, tecnológicos o antrópicos.

Aprobado el programa anual de actividades para el año 2019 de la Academia Gallega de Seguridad Pública (Agasp) por el Consejo Rector y conforme lo establecido en el artículo 46 de la Ley 5/2007, de 7 de mayo, de emergencias de Galicia, y en la Ley 1/2007, de 15 de enero, de la Agasp se anuncia la convocatoria de los cursos descentralizados en el ámbito de la formación continua para el personal de las agrupaciones de voluntarios/as de protección civil de la Comunidad Autónoma de Galicia, correspondientes al primer semestre del año 2019, cuyas bases y características se especifican nos anexos de esta resolución.

A Estrada, 21 de febrero de 2019

Santiago Villanueva Álvarez
Director general de la Academia Gallega de Seguridad Pública

ANEXO I
Bases

Primera. Actividades formativas

Las actividades formativas serán las que se especifican en el anexo II de esta resolución, en el cual se indica también, en su caso, el número de ediciones por curso, número de horas lectivas, número de plazas, fechas de realización y horarios de los distintos cursos. Las actividades formativas tendrán, preferentemente, horario de mañana y tarde.

En su caso, las personas seleccionadas en las diferentes actividades formativas serán notificadas por correo electrónico de cualquier otra información necesaria.

Segunda. Contenido de las actividades formativas

El contenido de las diferentes actividades formativas convocadas por la presente resolución puede consultarse en la página web de la Academia Gallega de Seguridad Pública (http://agasp.xunta.gal) en el epígrafe «Formación».

Tercera. Destinatarios/as

Personal voluntario de agrupaciones de voluntarios de protección civil (AVPC) de los ayuntamientos de Galicia.

Este personal forma parte del Sistema integrado de protección civil y emergencias de Galicia (artículos 43 y 44 de la Ley 5/2007, de 7 de mayo, de emergencias de Galicia).

Cuarta. Requisitos de participación de los/las solicitantes

1. Requisitos generales:

a) Haber superado el curso básico de protección civil.

b) Estar como voluntario/a activo/a en la correspondiente AVPC.

La agrupación/asociación de voluntarios de protección civil a la que pertenezca el solicitante deberá estar inscrita reglamentariamente en el Registro de Agrupaciones de Voluntarios de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Galicia.

2. Requisitos físicos/psíquicos: los/las solicitantes deberán acreditar que no padecen enfermedad ni están afectados por limitación física o psíquica incompatible con la realización de las acciones formativas o con el desempeño de las funciones correspondientes al curso a que se opta, mediante declaración que se efectuará junto con la solicitud de matrícula en el curso, y será obligación de cada alumno/a poner en conocimiento de la Agasp cualquier alteración relacionada con ella.

Quinta. Solicitudes

a) El personal que desee participar en los cursos convocados en esta resolución deberá cumplimentar el formulario de matrícula telemática disponible en la página web de la Agasp (http://agasp.xunta.gal); no se admitirá ninguna otra forma o modelo de solicitud.

Es preciso que todas las personas que deseen participar en cursos de la Agasp mantengan actualizados sus datos personales, especialmente la cuenta de correo electrónico y el teléfono móvil, con el objeto de posibles comunicaciones. En el supuesto de no ser correctos o exactos tales datos, la Agasp no es responsable de los posibles perjuicios causados a los interesados.

b) Las personas que no sean usuarias de la página web de la Agasp deberán, previamente, darse de alta en ella, para lo cual es necesario facilitar una cuenta personal de correo electrónico.

c) En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información podrán dirigirse a la Agasp a través de los números de teléfono 886 20 61 12, 886 20 61 37 y 886 20 61 38 o de la dirección de correo electrónico formacion.emerxencias.agasp@xunta.gal, que adoptará las medidas necesarias para facilitar la presentación de solicitudes.

d) La falsedad u ocultación de datos esenciales para la selección de las personas aspirantes dará lugar a la exclusión automática del curso solicitado, así como a la imposibilidad de participar en ninguno otro curso durante el plazo de un año computado desde el momento en que se detecte el hecho.

e) Serán excluidas automáticamente aquellas solicitudes que no tengan cumplimentados correctamente todos los datos para realizar la selección del alumnado, no se ajusten al modelo normalizado o sean presentadas fuera de plazo.

f) No está permitida la realización de cursos que tengan simultaneidad de horarios en una o varias sesiones presenciales. Cuando el alumnado tenga conocimiento de que fue seleccionado para un curso que tenga coincidencia horaria con otro en el cual ya fue seleccionado, debe renunciar a un de ellos.

g) Si las solicitudes para participar en un curso no superan las 10 personas, la Agasp se reserva la facultad de anular la actividad formativa.

Sexta. Plazo de inscripción

El plazo de inscripción será de 10 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

En caso de que no haya un suficiente número de solicitantes que reúnan los requisitos del curso, podrá completarse el alumnado asignado a este mediante la apertura de un nuevo plazo público de presentación de solicitudes en la página web de la Agasp, con la antelación posible en función de la fecha del curso y para que tenga lugar una adecuada selección de las personas candidatas.

Séptima. Criterios generales de selección

Los criterios generales de selección son los que a continuación se relacionan y en el orden indicado, sin perjuicio de que algunos cursos requieran criterios específicos, los cuales se indicarán en la ficha de cada acción formativa concreta publicada en la página web de la Agasp http://agasp.xunta.gal

1º. De acuerdo con el artículo 50 del Decreto legislativo 2/2015, de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de igualdad, en cada edición del curso se reservará un cincuenta por ciento de las plazas para mujeres que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria.

2º. Tienen preferencia las personas de mayor rango jerárquico, si las hubiera.

3º. Si después de aplicar los criterios anteriores hay empate, tendrán preferencia las personas con menos cursos hechos en la Agasp en los últimos dos años.

Cuando en el proceso de selección no se completara la reserva del punto primero, dicha reserva, de existir suficiente número de solicitantes, se completará con el resto de solicitudes.

Los solicitantes que realizaran anteriormente el curso en los últimos cuatro años solo podrán ser seleccionados para realizarlo en el supuesto de existir vacantes. De no existir vacantes, podrán figurar en la lista de reserva después de los solicitantes que no tuvieran el curso.

Octava. Admisión

La Agasp publicará en su página web http://agasp.xunta.gal una relación de las personas seleccionadas para participar en cada curso, así como un número adecuado de reservas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Los/las alumnos/as seleccionados/as serán informados/as de su selección a través del correo electrónico y también, para quien facilite un número de teléfono móvil, a través de mensaje telefónico.

El alumnado seleccionado solo podrá renunciar al curso por causas de fuerza mayor suficientemente justificadas.

La renuncia se deberá comunicar por escrito a la Agasp, por correo electrónico a la dirección formacion.emerxencias.agasp@xunta.gal, y con una antelación mínima de tres días hábiles al inicio del curso, con el fin de poder cubrir la vacante.

La Agasp se reserva el derecho de solicitar todos aquellos datos que considere necesarios para la adecuada realización de la selección.

Novena. Uniformidad

Es obligatorio asistir al curso con el uniforme de trabajo. Las personas que incumplan esta norma podrán ser dadas de baja en la actividad.

Décima. Derechos y deberes del alumnado participante

Durante el desarrollo de la actividad al alumnado le será de aplicación, en cuanto a los derechos y deberes, lo previsto en el Reglamento de régimen interior de la Agasp.

Undécima. Faltas de asistencia

El Reglamento de régimen interior de la Agasp regula en su artículo 16 las faltas de asistencia en los cursos:

«1. La asistencia a las clases y actividades comprendidas en el programa del curso es obligatoria. Las faltas que las/los alumnas/os acumulen deberán justificarse debidamente y se penalizarán disciplinariamente en caso contrario.

2. La/el alumna/o que, por enfermedad o alguna otra causa justificada, pierda más del 10 % de las clases del curso de formación será declarado no apto y podrá incorporarse al curso siguiente o cuando la causa determinante se lo permita.

De ser necesario, y solo en los casos en que la inasistencia a las clases esté motivada por accidente o lesión sufridos con ocasión de la actividad académica, el director general podrá considerar la conveniencia o la oportunidad de permitir al/a la alumno/a poder recuperar hasta un determinado número de horas y participar posteriormente en un examen extraordinario para poder superar el curso sin tener que repetirlo.

3. No obstante, aunque las ausencias acumuladas no lleguen al porcentaje señalado, la/el alumna/o podrá verse obligado a recuperar todas o parte de las horas perdidas a lo largo del curso. En este caso la jefatura de enseñanza propondrá al director general el número de horas que se deban recuperar, habida cuenta, en cada caso concreto, el tipo de justificación presentada para cada ausencia, así como el número total de estas y el comportamiento y la actitud del alumna/o a lo largo del curso».

Duodécima. Certificado de aprovechamiento

Al finalizar la actividad se entregará un certificado de aprovechamiento a aquellas personas que acrediten su participación continuada y superen la prueba final.

Decimotercera. Facultades de la Agasp

La Agasp podrá modificar sin necesidad de nueva publicación el desarrollo normal de la actividad para adaptarla a las necesidades de la Administración y a las contingencias que puedan surgir.

La Agasp también podrá, sin necesidad de nueva publicación, suprimir el curso, cambiar las fechas de celebración del mismo, ampliar nuevas ediciones o plazas de este, o suspenderlo, cuando así venga exigido por circunstancias que afecten a su organización o docencia.

Asimismo, se faculta al director general para dictar resolución sin necesidad de nueva publicación para interpretar, en su caso, el desarrollo de la convocatoria o docencia.

ANEXO II
Cursos descentralizados en el ámbito de la formación continua para el personal de las agrupaciones de voluntarios/as de protección civil de la Comunidad Autónoma de Galicia

Denominación del curso

Lugar

Horas lectivas

Plazas

Fechas

Horario

Prevención y lucha contra incendios urbanos y forestales

Ames

40

20

4, 5, 11, 12, 18, 19 mayo

Por determinar

Prevención y lucha contra incendios urbanos y forestales

Ribeira de Piquín

40

20

1ª quincena mayo

Por determinar

Prevención y lucha contra incendios urbanos y forestales

Chantada

40

20

2ª quincena mayo

Por determinar

Prevención y lucha contra incendios urbanos y forestales

Bande

40

20

5, 6, 7, 12, 13, 14 abril

Por determinar

Prevención y lucha contra incendios urbanos y forestales

Verín

40

20

12, 13, 14, 26, 27, 28 abril

Por determinar

Prevención y lucha contra incendios urbanos y forestales

Poio

40

20

25, 26 mayo 1, 2, 8 junio

Por determinar

Accidentes en carretera

Carballo

34

20

5, 6, 7, 12, 13, 14 abril

Por determinar

Accidentes en carretera

Ribeira de Piquín

34

20

1ª quincena junio

Por determinar

Accidentes en carretera

Ribadavia

34

20

4, 5, 11, 12 mayo

Por determinar

Accidentes en carretera

Xinzo de Limia

34

20

11, 12, 18, 19 mayo

Por determinar

Accidentes en carretera

Cangas

34

20

27, 28 abril 4, 5, 11 mayo

Por determinar

Desfibrilación externa semiautomática

Muxía

5

24

30, marzo

Por determinar

Desfibrilación externa semiautomática

Arteixo

5

24

30,marzo

Por determinar

Desfibrilación externa semiautomática

Santa Comba

5

24

8 junio

Por determinar

Desfibrilación externa semiautomática

Valdoviño

5

24

27 abril

Por determinar

Desfibrilación externa semiautomática

O Saviñao

5

24

30 marzo

Por determinar

Desfibrilación externa semiautomática

O Bolo

5

24

6 abril

Por determinar

Desfibrilación externa semiautomática

Avión

5

24

27 abril

Por determinar

Búsqueda y salvamento en montaña y zonas aisladas

Muros

16

16

4, 5 mayo

Por determinar

Búsqueda y salvamento en montaña y zonas aisladas

As Pontes de García Rodríguez

16

16

11, 12 mayo

Por determinar

Búsqueda y salvamento en montaña y zonas aisladas

Mondoñedo

16

16

23, 24 marzo

Por determinar

Búsqueda y salvamento en montaña y zonas aisladas

A Pobra de Trives

16

16

15, 16 junio

Por determinar

Búsqueda y salvamento en montaña y zonas aisladas

Maceda

16

16

1, 2 junio

Por determinar

Búsqueda y salvamento en montaña y zonas aisladas

Valga

16

16

29, 30 junio

Por determinar

Prevención y control de la Vespa velutina

A Laracha

8

20

27 mayo

Por determinar

Prevención y control de la Vespa velutina

A Rúa

8

20

1 junio

Por determinar

Prevención y control de la Vespa velutina

Allariz

8

20

8 junio

Por determinar

Prevención y control de la Vespa velutina

Ribadavia

8

20

15 junio

Por determinar

Comunicaciones en emergencias

Bergondo

8

20

27 abril

Por determinar

Coordinación de equipos y recursos intervenientes en la busca de desaparecidos

A Coruña

20

20

24, 25 mayo 1 junio

Por determinar