Advertidos errores en dicha resolución, publicada en el Diario Oficial de Galicia núm. 45, de 5 de marzo de 2019, es necesario hacer la siguiente corrección:
En la página 12588, artículo 11, número 5, donde dice: «La entidad colaboradora presentará telemáticamente desde la aplicación la solicitud de ayuda una vez firmada por el beneficiario, mediante el formulario normalizado accesible desde la citada aplicación informática y que se junta como anexo II», debe decir: «La entidad colaboradora presentará telemáticamente desde la aplicación la solicitud de ayuda una vez firmada por el beneficiario o representante, mediante el formulario normalizado accesible desde la citada aplicación informática y que se adjunta como anexo II».