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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 55 Miércoles, 20 de marzo de 2019 Pág. 15263

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO (DSP 155/2016).

Yo, Rosana Corral García, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos número 611/18 a instancia de "Ver_PDF" contra el Fogasa y Laricar 10, S.L., sobre DSP, en los que recayó sentencia el 23 de enero de 2019 que, copiada en los particulares necesarios, dice así:

«Fallo

Se estima parcialmente la demanda formulada por "Ver_PDF" frente a la empresa Laricar 10, S.L., con intervención del Ministerio Fiscal, y el Fondo de Garantía Salarial y, en consecuencia:

– Se declara nulo el despido de la trabajadora efectuado por la empresa Laricar 10, S.L.

– Se condena a la empresa Laricar 10, S.L. a la inmediata readmisión del demandante en su puesto de trabajo, en las mismas condiciones que regían con anterioridad al despido, con abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido, a razón de 45,96 euros diarios.

– Se condena a la empresa Laricar 10, S.L. a abonar a la trabajadora la cantidad de 12.283,15 euros en concepto de cantidades impagadas e intereses del 10 %, así como la cantidad de 525,80 euros en concepto de diferencias salariales, las cuales deberán incrementarse en un 10 %.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este juzgado, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.

Así lo acuerda, manda y firma, Nicolás E. Pita Lloveres, magistrado del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña.

Publicación. Leída y publicada ha sido la presente sentencia por el juez que la dictó en el mismo día de su fecha, estando celebrando audiencia pública. Doy fe».

Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Laricar 10, S.L., expido y firmo este edicto.

A Coruña, 11 de febrero de 2019

La letrada de la Administración de justicia