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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 60 Miércoles, 27 de marzo de 2019 Pág. 16155

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Hacienda

RESOLUCIÓN de 7 de marzo de 2019, de la Secretaría General Técnica y del Patrimonio de la Consellería de Hacienda, por la que se acuerda la incoación del procedimiento para la declaración de la Comunidad Autónoma de Galicia como heredera abintestato de Abdelkader Tsouli Ben Abdesalan.

Abdelkader Tsouli Ben Abdesalan, con DNI 36141702P, nacido en Tánger (Marruecos) el 27 de abril de 1927, falleció el 20 de octubre de 2000 con último domicilio en Troncoso, ayuntamiento de Vigo, datos que figuran comprobados, junto con el de su vecindad civil gallega, en el Informe preliminar de 6 de marzo de 2019, del Servicio de Protección y Defensa Patrimonial de la Subdirección General del Patrimonio, emitido después de la realización de las actuaciones previas precisas que llevan a considerar procedente la apertura de procedimiento administrativo para la declaración de la Comunidad Autónoma de Galicia como heredera abintestato del causante, por la presunta ausencia de otros herederos con derecho a suceder preferente al de la Administración autonómica, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia.

De acuerdo con el referido informe preliminar, constan bienes del causante en el ayuntamiento de Vigo.

Según lo anterior, en ejercicio de las competencias atribuidas a la Secretaría General Técnica y del Patrimonio en los artículos 4 de la Ley 5/2011, de 30 de septiembre, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia, y 4 y 7 del Decreto 30/2017, de 30 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Hacienda, de acuerdo con el artículo 20 bis de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del patrimonio de las administraciones públicas,

ACUERDO:

1º. Incoar procedimiento para la declaración de la Comunidad Autónoma de Galicia como heredera abintestato de Abdelkader Tsouli Ben Abdesalan.

2º. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado, en el Diario Oficial de Galicia y en la página web de la Consellería de Hacienda, área temática de Patrimonio, Anuncios, que se puede consultar en el siguiente enlace: http://www.conselleriadefacenda.es/areas-tematicas/patrimonio/anuncios.

Una copia de esta resolución será remitida para su exposición pública, por un plazo no inferior a un mes, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Vigo, así como en cualquier otro en el que durante la instrucción del procedimiento se detecten bienes de la persona causante.

El plazo máximo ordinario para la resolución de este procedimiento es de un año contado desde la fecha de adopción de este acuerdo.

Con anterioridad a la resolución del procedimiento, cualquier interesado podrá presentar alegaciones o aportar documentos u otros elementos de juicio que considere oportunos, que se dirigirán a la Consellería de Hacienda, Secretaría General Técnica y del Patrimonio, Subdirección General del Patrimonio; código del expediente ABI/2016/0010; Edificio Administrativo San Caetano, bloque nº 3, 15781 Santiago de Compostela.

Contra esta resolución no se podrá interponer recurso, conforme a lo establecido en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que las alegaciones de oposición a este acto de trámite sean consideradas en la resolución que ponga fin a este procedimiento, contra la que se podrá presentar en tiempo y forma el correspondiente recurso.

Santiago de Compostela, 7 de marzo de 2019

Mª Socorro Martín Hierro
Secretaria general técnica y del Patrimonio de la Consellería de Hacienda