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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 60 Miércoles, 27 de marzo de 2019 Pág. 16178

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 11 de marzo de 2019 por la que se notifica la imposición de una tercera multa coercitiva en el expediente de reposición de la legalidad urbanística OUR/10/2015-C1.

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 17 de enero de 2019, resolución por la que se impone una tercera multa coercitiva, como consecuencia de incumplir lo ordenado en las resoluciones de 7.3.2016, 30.3.2017 y 13.2.2018, en las que se declaran ilegalizables las obras consistentes en la construcción de una edificación con tipología residencial, en la calle de Rego, núm. 9, Santa Cruz de Rabeda, en el término municipal de San Cibrao das Viñas, provincia de Ourense, por ser incompatibles con el ordenamiento urbanístico vigente, y se ordena su demolición.

Al no poderse realizar la notificación personal de aquella resolución a José Antonio Raúl dos Ríos, mediante la presente cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo, 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas se notifica al interesado dicha resolución, por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica en su integridad, se comunica al interesado que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, situadas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra esta resolución, el interesado puede interponer recurso de reposición ante el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que se produzca la notificación, o bien, si no ejerce su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y le sirva de notificación al citado interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 11 de marzo de 2019

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística