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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 62 Viernes, 29 de marzo de 2019 Pág. 16495

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social

RESOLUCIÓN de 22 de marzo de 2019 por la que se publica la resolución del procedimiento de selección de entidad privada sin ánimo de lucro para la atención residencial y la intervención educativa integral y terapéutica con menores que tienen que cumplir medidas judiciales privativas de libertad en los centros, previstas en la Ley orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, para el cumplimiento de medidas judiciales privativas de libertad del complejo Montealegre (Ourense).

A través de la Resolución de 28 de diciembre de 2018 por la que se convoca el procedimiento de selección de entidad privada sin ánimo de lucro para la atención residencial y la intervención educativa integral y terapéutica con menores que tienen que cumplir medidas judiciales privativas de libertad previstas en la Ley orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores en los centros para el cumplimiento de medidas judiciales privativas de libertad del complejo Montealegre (Ourense), se abrió la convocatoria que inicia el procedimiento de selección de entidad privada sin ánimo de lucro para llevar a cabo la atención residencial, la intervención educativa integral y terapéutica con personas menores que tienen que cumplir medidas judiciales privativas de libertad de conformidad con las bases establecidas en su anexo I, a través de la formalización de un convenio de colaboración (anexo IV).

En el Diario Oficial de Galicia de fecha 23 de enero de 2018 se publicó una corrección de errores de dicha resolución.

El apartado decimocuarto del anexo I de dicha resolución establece que la resolución del procedimiento se publicará en el Diario Oficial de Galicia de conformidad con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Esta publicación producirá los efectos de notificación.

Por lo expuesto,

RESUELVO:

Primero. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia del contenido íntegro de la Resolución de 21 de marzo de 2019, dictada en el procedimiento BS213A de selección de entidad privada sin ánimo de lucro para la atención residencial y la intervención educativa integral y terapéutica con menores que tienen que cumplir medidas judiciales privativas de libertad previstas en la Ley orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores en los centros para el cumplimiento de medidas judiciales privativas de libertad del complejo Montealegre (Ourense), que se adjunta a la presente resolución en el anexo.

Segundo. Comunicar que la Resolución de 21 de marzo de 2019 que finaliza este procedimiento agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado a partir de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Tercero. Notificada la resolución por el órgano competente, se procederá a la formalización del convenio con la entidad seleccionada el día 1 de abril de 2019, de acuerdo con el modelo previsto en el anexo IV de la Resolución de 28 de diciembre de 2018.

Santiago de Compostela, 22 de marzo de 2019

Fabiola García Martínez
Conselleira de Política Social

ANEXO

«Resolución de 21 de marzo de 2019 dictada en el procedimiento BS213A por el que se selecciona entidad privada sin ánimo de lucro para la atención residencial y la intervención educativa integral y terapéutica con menores que tienen que cumplir medidas judiciales privativas de libertad previstas en la Ley orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores en los centros para el cumplimiento de medidas judiciales privativas de libertad del complejo Montealegre (Ourense).

A través de la Resolución de 28 de diciembre de 2018 por la que se convoca el procedimiento de selección de entidad privada sin ánimo de lucro para la atención residencial y la intervención educativa integral y terapéutica con menores que tienen que cumplir medidas judiciales privativas de libertad previstas en la Ley orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores en los centros para el cumplimiento de medidas judiciales privativas de libertad del complejo Montealegre (Ourense), se convocó el procedimiento de selección de entidad privada sin ánimo de lucro para llevar a cabo la atención residencial, la intervención educativa integral y terapéutica con personas menores que tienen que cumplir medidas judiciales privativas de libertad previstas en dicha Ley orgánica en los centros para el cumplimiento de medidas judiciales privativas de libertad del complejo Montealegre, de conformidad con las bases establecidas en el anexo I, a través de la formalización de un convenio de colaboración (anexo IV).

Una vez examinadas las solicitudes por el órgano instrutor, previo requerimiento de subsanación de la documentación, evaluadas dichas solicitudes por la comisión de valoración, vista la propuesta de resolución formulada por la Dirección General de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica,

RESUELVO:

Primeiro. Seleccionar para llevar a cabo la atención residencial, la intervención educativa integral y terapéutica con menores que tienen que cumplir medidas judiciales privativas de libertad previstas en la Ley orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores en los centros para el cumplimiento de medidas judiciales privativas de libertad del complejo Montealegre, a la entidad que a continuación se indica en aplicación de los criterios de valoración y baremo del apartado decimoprimero del anexo I de la Resolución de 28 de diciembre de 2018:

Nº de expte.

NIF

Entidad

Calidad de la asistencia e intervención propuesta

Medios personales disponibles

Experiencia

profesional

Cantidad en concepto de compensación económica

Total

BS213A/2019-1

G73038457

Fundación Diagrama Intervención Psicosocial

46,80

5

5

9,999

66,799

Segundo. No seleccionar a la entidad siguiente en aplicación de los criterios de valoración y baremo del apartado decimoprimero del anexo I de la Resolución de 28 de diciembre de 2018:

Nº de expte.

NIF

Entidad

Calidad de la asistencia e intervención propuesta

Medios personales disponibles

Experiencia

profesional

Cantidad en concepto de compensación económica

Total

BS213A/2019-2

G27381797

Fundación Camiña Social

28,75

6,75

5

20

60,50

Tercero. Firmar el convenio con la entidade seleccionada el 1 de abril de 2019, de acuerdo con lo indicado en el apartado decimosexto de dicha resolución.

Cuarto. Las resoluciones dictadas en este procedemento agotan la vía administrativa y contra ellas puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional contencioso-administrativo competente, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. En caso de silencio administrativo, el plazo será de seis meses desde el día siguiente a aquel en que la solicitud se entienda desestimada.

Potestativamente, y con anterioridad a la interposición del referido recurso contencioso-administrativo, podrá interponerse recurso de reposición ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Si la resolución es presunta, en cualquier momento a partir del día seguinte a aquel en que se produzca el acto presunto, al amparo de los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo de las administraciones públicas.

Quinto. La publicación de esta resolución producirá los efectos de notificación, en los términos establecidos en el apartado decimocuarto de la Resolución de 15 de enero de 2019.

Santiago de Compostela, 21 de marzo de 2019. Fabiola García Martínez, conselleira de Política Social».