Despido/ceses en general (DSP) 846/2018 MF
Procedimiento de origen: sobre despido
Demandante: Inmaculada Carpinteiro Botana
Abogado: Miguel Ángel Nouche Ferreira
Demandados: Fogasa, Innovis Laboratorios, S.A.
Abogado/a: letrado/a de Fogasa
Yo, Encarnación Mercedes Tubío Lariño, letrada de la Administración de Jjusticia del Juzgado del Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de despido DSP 846/2018 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Inmaculada Carpinteiro Botana contra Innovis Laboratorios, S.A. y Fogasa, sobre ordinario, se acordó citar a Innovis Laboratorios, S.A., en paradero desconocido, para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado del Social número 3, situado en la calle Berlín, s/n, polígono de As Fontiñas, 15707 Santiago de Compostela, el día 29.4.2019 a las 11.45 horas, a fin de realizar los actos de conciliación y, en su caso, juicio, quien podrá comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderado, y deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse. Se le advierte de que es una única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por la falta injustificada de asistencia.
Se le hace saber que tiene a su disposición, en la oficina judicial, la cédula de citación, la copia de la demanda, el decreto de su admisión y también las demás resoluciones y documentos que figuran en el procedimiento.
Asimismo, se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán mediante la fijación de una copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, excepto en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir la forma de auto o sentencia, o cuando se trate de un emplazamiento.
En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistida de abogado o representada técnicamente por graduado social colegiado, o representada por procurador, deberá poner esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, una vez trasladada tal intención a la demandante, esta pueda estar representada técnicamente por graduado social colegiado, o representada por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto del juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.
Y para que sirva de citación a Innovis Laboratorios, S.A., así como para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios, expido la presente cédula.
Santiago de Compostela, 15 de marzo de 2019
La letrada de la Administración de justicia