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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 75 Miércoles, 17 de abril de 2019 Pág. 19300

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Mar

ORDEN de 27 de marzo de 2019 por la que se autoriza la transmisión mortis causa mediante pacto de mejora de la concesión administrativa y de la batea Jal I.

Visto el expediente instruido a efectos de transmisión mortis causa mediante pacto de mejora de la batea Jal I y de la concesión administrativa que la ampara, resulta:

a) Antecedentes:

Primero. Mediante escrito de 15 de febrero de 2019, Fernando Romero Outeiral solicitó autorización para transmisión mortis causa mediante pacto de mejora de la concesión administrativa y de la batea Jal I a favor de Carlos Romero Sánchez.

Segundo. El interesado aportó la documentación requerida para la tramitación.

Tercero. Los informes del Servicio de Protección de los Recursos sobre las características de la batea y de la Dirección General de Pesca, Acuicultura e Innovación Tecnológica sobre a tramitación del expediente son favorables.

b) Consideraciones legales y técnicas:

Primera. Este órgano es competente para resolver el expediente, de conformidad con la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia (DOG número 243, de 16 de diciembre), modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre (DOG número 243, de 15 de diciembre), y con la Orden de 8 de septiembre de 2017 de delegación de competencias en la Secretaría General Técnica de la Consellería del Mar, en las direcciones generales y jefaturas territoriales y en la Presidencia del Consejo de Administración del ente público Puertos de Galicia (DOG núm. 180, de 21 de septiembre).

Segunda. La Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia (DOG número 124, de 29 de junio), en sus artículos 209 y siguientes, regula los pactos sucesorios como negocios mortis causa, y en forma de pactos de apartación o de mejora.

Tercera. El expediente siguió todos los trámites establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE número 236, de 2 de octubre), con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en aguas de Galicia (DOG número 228, de 21 de noviembre), y en la Orden de 15 de junio de 1999 por la que se regula el procedimiento para la transmisión de la titularidad de las concesiones de las bateas de cultivos marinos en las aguas de Galicia (DOG número 126, de 2 de julio).

Vistas las disposiciones citadas, esta consellería resuelve:

Autorizar la transmisión mortis causa mediante pacto de mejora a favor de Carlos Romero Sánchez (****4278), de la concesión administrativa y de la batea que se indica a continuación:

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Jal I.

Situación:

Cuadrícula nº: 18.

Polígono: C.

Distrito: Caramiñal (A Coruña).

Especies autorizadas: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título habilitante: concesión de actividad.

Orden de otorgamiento: 11.3.1964.

Fin de la vigencia: 15.12.2019.

Actual titular: Fernando Romero Outeiral (****3753).

Nuevo titular: Carlos Romero Sánchez (****4278).

El nuevo titular de la concesión se subroga en los derechos y obligaciones del anterior.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la conselleira del Mar, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, que se interpondrá en el plazo de dos meses, contados en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

A Coruña, 27 de marzo de 2019

La conselleira del Mar
P.D. (Orden de 8.9.2017)
Juan Carlos Barreiro González
Jefe territorial de A Coruña