De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se publica la Resolución de 30 de agosto de 2018, de baja del establecimiento que en el anexo se menciona, ya que, intentada la notificación, no se pudo realizar por los medios habituales.
Esta resolución agota la vía administrativa y contra ella podrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta Agencia de Turismo de Galicia en el plazo de 1 mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Santiago en el plazo de 2 meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Lugo, 12 de abril de 2019
Paloma Vázquez Fernández
Jefa del Área Provincial de Turismo de Lugo
ANEXO
Establecimiento: Casa Solariega de Cervantes.
Signatura: TR-LU-000148.
Don/Dona: Manuel Antonio Fernández Fernández.
Domicilio: Catasol, 2, 6º izd., CP 27002.
Municipio: Lugo.