PO. Procedimiento ordinario 30/2019
Procedimiento de origen: sobre ordinario
Demandante: Benito Barcala Rebolo
Graduado social: Francisco Javier Castro Freire
Demandadas: Reformas Patricia Calvo Pérez, S.L., Fachadas San José, S.L.
Yo, Blanca Susana Janeiro Amela, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 4 de Pontevedra, hago saber que mediante resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de Benito Barcala Rebolo contra Reformas Patricia Calvo Pérez, S.L. y Fachadas San José, S.L., en reclamación por ordinario, registrado con el número de procedimiento ordinario 30/2019, se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la Ley reguladora de la jurisdicción social (LJS), citar a Reformas Patricia Calvo Pérez, S.L. y Fachadas San José, S.L., en ignorado paradero, a fin de que comparezcan el día 22 de octubre de 2019, a las 10.25 y a las 10.30 horas, en la Secretaría del juzgado y, en su caso, en la planta 1, sala 6, del edificio de los juzgados, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio. Podrán comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.
Se les advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En caso de que pretendan comparecer al acto del juicio asistidas de abogado o representadas técnicamente por graduado social colegiado, o representadas por procurador, pondrán esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, al objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda este estar representado técnicamente por graduado social colegiado o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.
Para que sirva de citación a Reformas Patricia Calvo Pérez, S.L. y Fachadas San José, S.L., se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.
Pontevedra, 9 de abril de 2019
La letrada de la Administración de justicia