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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 95 Martes, 21 de mayo de 2019 Pág. 24578

III. Otras disposiciones

Agencia Instituto Energético de Galicia

RESOLUCIÓN de 15 de mayo de 2019 por la que se amplían y redistribuyen los créditos presupuestarios por epígrafes, recogidos en la Resolución de 10 de enero de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria de subvenciones para proyectos de equipos de aprovechamiento de energías renovables y de ahorro y eficiencia energética en las empresas de producción agrícola primaria (código de procedimiento IN421L).

Mediante la Resolución de 10 de enero de 2019 que fue publicada en el Diario Oficial de Galicia núm. 33, de 15 de febrero, se establecieron las bases reguladoras y se convocaron subvenciones para proyectos de equipos de aprovechamiento de energías renovables y de ahorro y eficiencia energética en las empresas de producción agrícola primaria.

Tal y como consta en la parte expositiva de la citada resolución la financiación de esta convocatoria se hace con cargo a los presupuestos del Instituto Energético de Galicia para el año 2019.

El artículo 3.1 de las bases reguladoras prevé la posibilidad de que el crédito máximo recogido en este artículo pueda ser redistribuido si pasados dos meses desde la apertura del plazo de solicitudes en alguno de los epígrafes no se registran solicitudes suficientes para agotar los fondos disponibles, y en otro de los epígrafes existe lista de espera.

En el transcurso del procedimiento administrativo de concesión de las ayudas, en alguno de los epígrafes el número de solicitantes es inferior al esperado, mientras que en otros el volumen de ayuda solicitada superó la disponibilidad presupuestaria, es necesario hacer una redistribución de fondos entre los distintos epígrafes y ampliar el crédito presupuestario para, así, poder atender un mayor número de solicitudes.

El artículo 3.1 de las bases reguladoras relativo a la financiación prevé una dotación inicial de 1.720.000 € y en el punto segundo de ese mismo artículo se establece la posibilidad de ampliar el crédito a consecuencia de la existencia de una mayor disponibilidad presupuestaria derivada de alguna de las circunstancias previstas en el artículo 30.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda.

El artículo 31 del Decreto 11/2009, establece que cuando la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas se distribuya entre distintos créditos presupuestarios, la alteración de dicha distribución no precisará de nueva convocatoria pero sí de las modificaciones que procedan en el expediente de gasto y de la publicación en los mismos medios que la convocatoria.

Por todo lo anterior, y dado que en las aplicaciones presupuestarias correspondientes existe crédito disponible y con la finalidad de incrementar la eficacia administrativa y la eficiencia en la asignación de recurso públicos, maximizando el impulso de proyectos de ahorro y eficiencia energética.

RESUELVO:

Primero. Ampliar la dotación de fondos inicialmente prevista en esta convocatoria en la cuantía de 780.000,00 €, por lo que el importe total asignado para estas ayudas tras esta ampliación asciende a 2.500.000,00 €.

Segundo. Ampliados los fondos destinados a las subvenciones para proyectos de equipos de aprovechamiento de energías renovables y de ahorro y eficiencia energética en las empresas de producción agrícola primaria, estos se redistribuyen en función del volumen de solicitudes de la siguiente manera:

Línea de ayuda

Aplicación presupuestaria

Dotación presupuestaria inicial

Modificaciones

Dotación presupuestaria final

RT - Proyectos de energías renovables térmicas

09.A2.733A.770.1

400.000,00

0,00

400.000,00

RE - Proyectos de energías renovables eléctricas

09.A2.733A.770.1

1.120.000,00

960.000,00

2.080.000,00

PAE - Proyectos de ahorro y eficiencia energética

09.A2.733A.770.0

200.000,00

-180.000,00

20.000,00

Total

1.720.000,00

780.000,00

2.500.000,00

Tercero. La presente modificación, una vez publicada en el Diario Oficial de Galicia, no implicará apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes.

Santiago de Compostela, 15 de mayo de 2019

Ángel Bernardo Tahoces
Director del Instituto Energético de Galicia