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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 109 Martes, 11 de junio de 2019 Pág. 27937

III. Otras disposiciones

Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional

ORDEN de 24 de mayo de 2019 por la que se modifica la autorización, por cambio de titularidad, del centro privado María Inmaculada, de Vigo.

La representante legal del centro privado (CPR) María Inmaculada, de Vigo, solicita el cambio de titularidad a favor de la Fundación Vedruna Educación.

Mediante escritura pública notarial de 22 de marzo de 2019, la Fundación Educarte, titular del mencionado centro docente, se fusiona con la Fundación Vedruna Educación.

De conformidad con la solicitud de cambio de titularidad formulada y después de la tramitación del expediente de acuerdo con lo establecido en el Decreto 133/1995, de 10 de mayo, de autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias y con la Orden de 20 de septiembre de 1995 que lo desarrolla, a propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos,

DISPONGO:

Artículo 1. Cambio de titularidad

Autorizar el cambio de titularidad del centro privado María Inmaculada, de Vigo, código 36011166, a favor de la Fundación Vedruna Educación, con efectos de 1 de septiembre de 2019.

El cambio de titularidad no afectará al régimen de funcionamiento del centro.

Artículo 2. Inscripción en el registro

Esta orden dará lugar a la correspondiente inscripción en el Registro de Centros de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional.

Artículo 3. Modificación de la autorización

El centro queda obligado al cumplimiento de la normativa vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando tenga que modificarse cualquiera de los datos que se señalan en esta orden.

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán formular recurso potestativo de reposición ante esta consellería, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, directamente, el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la misma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 24 de mayo de 2019

Carmen Pomar Tojo
Conselleira de Educación, Universidad y Formación Profesional