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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 115 Miércoles, 19 de junio de 2019 Pág. 29483

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 5 de junio de 2019 por la que se notifica la imposición de una segunda multa coercitiva (expediente COR/127/2016-B1).

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 6 de febrero de 2019, resolución por la que se impone una segunda multa coercitiva, derivada del expediente de reposición de la legalidad urbanística COR/127/2016 como consecuencia de incumplir lo ordenado en la Resolución de 28 de septiembre de 2017, en la que se ordena la demolición de una vivienda sin vinculación a explotación agropecuaria, promovidas por Balbina Vilariño Alonso, realizada sin autorización autonómica, en el lugar de Río Sieira-O Barrento-parroquia de Caamaño, en el ayuntamiento de Porto do Son, por resultar incompatibles con el ordenamiento urbanístico vigente.

Al no poder realizar la notificación personal de la resolución a Balbina Vilariño Alonso, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica a los interesados dicha resolución por medio de un anuncio en el Boletín Oficial del Estado y su fecha de publicación es la que determina la eficacia del acto notificado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica íntegramente, se comunica a los interesado que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, situada en el Edificio Witland-Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente a la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados pueden interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que produzca la notificación, ante el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien, si no se ejerce su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, pueden interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción se sitúe el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y le sirva de notificación a los citados interesados en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 5 de junio de 2019

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística