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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 120 Miércoles, 26 de junio de 2019 Pág. 30306

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO de notificación de sentencia (SSS 1161/2016).

Yo, Rosana Corral GarcÍa, letrada de la Administracion de justicia del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, doy fe y certifico: que en este juzgado se siguen autos número 1161/2016 a instancia de Mutua Gallega contra Mutua Asepeyo y otros sobre SSS, en los que recayó sentencia en fecha 30 de mayo de 2019 que, copiada en los particulares necesarios, dice así:

«Fallo:

Se desestima la demanda interpuesta por Mutua Gallega frente al Instituto Social de la Marina, el Insituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, la Mutua Fraternidad, la Mutua Asepeyo y las empresas Unión Marina,S.L., Gallega de Pesca Sostenible, Pesqueras Aspin, S.L., Larrasmendi Bi, S.L., Sukarri, S.L., Nuevo Mate, S.L., Pesqueras Zarrak, S.A., Puerto de Celeiro, S.A., Urondo, S.A., Laurrri Hermanos, S.A., Larrabaste, S.L., Unión Marina,S.L., Gallega de Pesca Sostenible, Pesqueras Aspin, S.L., Larrasmendi Bi, S.L., Sukarri, S.L., Nuevo Mate, S.L., Pesqueras Zarrak, S.A., Puerto de Celeiro, S.A., Urondo, S.A., Laurri Hermanos, S.A., Larrabaste, S.L., absolviendo a las entidades gestoras y colaboradoras de las prestaciones frente a ella ejercitadas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso de suplicación por razón de la cuantía, sin perjuicio de los demás motivos previstos en el artículo 191 de la LRJS.

La competencia para conocer el recurso de suplicación corresponderá, en su caso, al Tribunal Superior de Justicia de Galicia, debiendo anunciarse el mismo en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social, o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este juzgado haciendo constar en el ingreso el numero de procedimiento.

Así lo acuerda, manda y firma, Nicolás E. Pita Lloveres, magistrado juez del Juzgado de lo Social núlmero 4 de A Coruña».

Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación en forma a Larrauri Hermanos, S.A. y Pesqueras Zarrak S.A., expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 6 de junio de 2019

La letrada de la Administración de justicia