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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 126 Jueves, 4 de julio de 2019 Pág. 31429

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social

EXTRACTO de la Orden de 24 de junio de 2019 por la que se regulan las bases de las subvenciones para entidades de acción voluntaria y entidades locales enmarcadas en el programa Servicio de voluntariado juvenil, y se procede a su convocatoria para el año 2019.

BDNS (Identif.): 464332.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Entidades beneficiarias

Entidades de acción voluntaria y las entidades locales que realicen proyectos de voluntariado enmarcados en el programa Servicio de voluntariado juvenil, desde el 1 de enero hasta el 31 de octubre de 2019.

Segundo. Objeto

Establecer las bases reguladoras por las que se regirán las subvenciones dirigidas a entidades de acción voluntaria y a entidades locales enmarcadas en el programa Servicio de voluntariado juvenil, desde el 1 de enero hasta el 31 de octubre, y proceder a su convocatoria para el año 2019. Dicho programa consiste en incorporar a las entidades de acción voluntaria y a las entidades locales inscritas en el Registro de Acción Voluntaria de Galicia a jóvenes gallegas/os para su colaboración como personas voluntarias en la realización de los proyectos de voluntariado que se presenten, dentro de las áreas prioritarias, de acuerdo con esta convocatoria.

Tercero. Bases reguladoras y convocatoria

Orden de 24 de junio de 2019 por la que se regulan las bases de las subvenciones para entidades de acción voluntaria y entidades locales enmarcadas en el programa Servicio de voluntariado juvenil, y se procede a su convocatoria para el año 2019.

Cuarto. Cuantía

La cuantía global de la convocatoria es de cuatrocientos cinco mil euros (405.000,00 €), de los que con cargo a la aplicación presupuestaria 13.05.312F.460.0, ciento noventa y cinco mil euros (195.000,00 €), se destinarán a las entidades locales, mientras que los restantes doscientos diez mil euros (210.000,00 €) se destinarán a entidades de acción voluntaria con cargo a la aplicación presupuestaria 13.05.312F.481.0.

De los anteriores importes, un 38,46 %, en el caso de las entidades locales, y un 35,71 %, en el caso de las entidades de acción voluntaria, irán destinados a las medidas establecidas en el Pacto de Estado en materia de violencia de género. Esta financiación se enmarca en los fondos del Pacto de Estado en materia de violencia de género (Ministerio de Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad), correspondientes a la Comunidad Autónoma de Galicia para 2019.

En ningún caso la cuantía de la ayuda podrá superar los 4.800 €, que correspondería a un proyecto de 8 personas voluntarias colaborando 6 horas al día por un total de 60 días; o la cantidad de 12.000 €, que correspondería a un proyecto de 20 personas voluntarias colaborando 6 horas al día por un total de 60 días, en aquellos casos en que se puedan solicitar hasta un máximo de 20 personas voluntarias.

Quinto. Otros datos

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, que se contará a partir del día siguiente al de la publicación de la orden de convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

Con la solicitud se presentará el proyecto de actividades. Se admitirá un solo proyecto por entidad con su denominación/nombre, los objetivos, la identificación de problemas y el número aproximado de personas beneficiarias. Este irá acompañado del número de personas voluntarias con las que se pretende ejecutar el proyecto, de las horas de ejecución de este por parte de cada una de las personas voluntarias, y del número de días que participará cada una de ellas, así como de un presupuesto desglosado del coste de todas las actividades. Este proyecto de actividades de voluntariado no puede ser igual al presentado por la misma entidad en caso de otra convocatoria de ayudas de esta consellería en materia de voluntariado.

La concesión de la ayuda se tramita en régimen de concurrencia competitiva. Se requiere una puntuación mínima de 50 puntos y la concesión se efectúa por orden de puntuación hasta agotar el crédito presupuestario.

Santiago de Compostela, 24 de junio de 2019

Fabiola García Martínez
Conselleira de Política Social