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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 150 Jueves, 8 de agosto de 2019 Pág. 36218

VI. Anuncios

c) Otros anuncios

Fundación Galicia Europa

ANUNCIO de 24 de julio de 2019 por el que se convocan en 2019, en régimen de concurrencia competitiva, veinte (20) plazas de formación en actividades formativas dentro del programa de especialización en financiación comunitaria TecEuropa (código de procedimiento PR816A).

El día 28 de mayo de 2019 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Orden de 10 de mayo de 2019 por la que se autoriza a la Fundación Galicia Europa a realizar actividades formativas dentro del programa de especialización en financiación comunitaria TecEuropa y se aprueban las bases reguladoras que regirán la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las plazas para participar en dicho programa.

Según lo establecido en el artículo 15 de los estatutos de la Fundación Galicia Europa (FGE), en ausencia del presidente de la Fundación corresponde al vicepresidente firmar las convocatorias públicas de las ayudas, subvenciones y becas formativas de la Fundación.

A la vista de lo anteriormente expuesto,

DISPONGO:

Primero. Convocatoria

Convocar veinte (20) plazas para el desarrollo de una edición de actividades formativas dentro del programa de especialización en financiación comunitaria TecEuropa, de conformidad con las bases reguladoras establecidas en el anexo I de la Orden de 10 de mayo de 2019 por la que se autoriza a la Fundación Galicia Europa a realizar actividades formativas dentro del programa de especialización en financiación comunitaria TecEuropa y se aprueban las bases reguladoras para su convocatoria (en adelante, bases reguladoras).

Segundo. Duración y lugar de realización de las actividades formativas

La edición se desarrollará entre los días 11 y 15 de noviembre en Bruselas, y el día 26 de noviembre en Santiago de Compostela.

Tercero. Financiación de la actividad

1. El importe destinado a la financiación de la actividad formativa asciende a un total de catorce mil euros (14.000,00 €).

La financiación de esta actividad por parte de la FGE se enmarca en el apartado gastos por ayudas y otros, ayudas monetarias, con cargo a la cuenta 65001 «ayudas monetarias individuales», del presupuesto de gastos de la FGE para el ejercicio 2019, que tiene crédito adecuado y suficiente para su financiación.

2. La FGE abonará un máximo de 700 € a cada persona beneficiaria.

Cuarto. Requisitos de los beneficiarios y presentación de solicitudes

1. Para poder ser beneficiarios/as de la beca, las personas candidatas deberán pertenecer a alguna de las entidades del artículo 5.1 de las bases reguladoras.

2. No haber participado en el programa de especialización en financiación comunitaria TecEuropa en ediciones anteriores a 2019.

3. Las solicitudes se presentarán de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de las bases reguladoras.

4. Las personas solicitantes deberán presentar con la solicitud la documentación a la que hace referencia el artículo 7 de las bases reguladoras.

5. El plazo de presentación de solicitudes y de la documentación complementaria será el establecido en el artículo 8 de las bases reguladoras.

Quinto. Información a las personas interesadas

1. Sobre este procedimiento administrativo (PR816A) se podrá obtener información adicional a través de los siguientes medios:

a) En la sede electrónica de la Xunta de Galicia: https://sede.xunta.gal

b) En la página web de la Fundación Galicia Europa: http://www.fundaciongaliciaeuropa.eu/

c) En la dirección electrónica:

santiago@fundaciongaliciaeuropa.eu o bruselas@fundaciongaliciaeuropa.eu

d) En los teléfonos: 981 54 10 12 ó +32 (0) 27 35 54 40.

e) Personalmente en las direcciones de la Fundación Galicia Europa:

En Santiago de Compostela: calle O Hórreo, 61.

En Bruselas: rue de la Loi/Wetstraat, 38, 2°, bte. 2.

2. Para dudas relacionadas con dificultades técnicas o de carácter general, podrán hacer sus consultas en el teléfono de información de la Xunta de Galicia 012 o al correo electrónico 012xunta.es

Sexto. Criterios de adjudicación

1. De existir más personas candidatas que plazas, se aplicará el siguiente sistema de adjudicación:

a) En primer lugar, tendrán preferencia las personas que trabajen en entidades con experiencia en la participación en proyectos europeos o que estén preparando alguna candidatura específica para un proyecto europeo. Estos criterios se valorarán a través de la breve exposición del anexo III.

b) En segundo lugar, tendrán preferencia las personas candidatas que acrediten más horas de formación en fondos estructurales, proyectos o asuntos europeos.

c) Finalmente, se valorará el nivel de conocimiento de las lenguas inglesa y/o francesa.

2. A fin de asegurar una representación equilibrada del personal de las distintas entidades, se establece una reserva mínima de plazas para cada una de las categorías del artículo 5.1 de las bases reguladoras:

a) Diez (10) plazas para personal con relación laboral, estatutaria o funcionarial en alguna de las entidades miembros del Patronato de la FGE: Xunta de Galicia (Administración General de la Comunidad Autónoma o entidades instrumentales del sector público autonómico), Abanca, Consorcio Zona Franca de Vigo, Diputación de A Coruña y Diputación de Lugo, u otras entidades que puedan formar parte del patronato en el futuro.

b) Cinco (5) plazas para personal con relación laboral, estatutaria o funcionarial en alguna de las entidades locales gallegas (ayuntamientos y diputaciones).

c) Cinco (5) plazas para personal con relación laboral, estatutaria o funcionarial en entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que deben tener su domicilio social y realizar sus actividades mayoritariamente en Galicia.

3. A fin de asegurar una representación equilibrada del personal de las distintas entidades, se establece una limitación de dos (2) personas beneficiarias de una misma entidad, salvo en el caso de vacantes en la categoría. Las entidades del artículo 5.1.a) de las bases reguladoras quedan exceptuadas de lo anterior.

Séptimo. Justificación y pago de las becas

Los beneficiarios deberán presentar las justificaciones de la beca, de acuerdo con el artículo 19 de las bases reguladoras, para tener derecho al pago de las ayudas.

Santiago de Compostela, 24 de julio de 2019

Alfonso Rueda Valenzuela
Vicepresidente de la Fundación Galicia Europa