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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 157 Miércoles, 21 de agosto de 2019 Pág. 37174

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (PO 41/2018).

Yo, María Teresa Vázquez Abades, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que por resolución dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancia de María Fernanda Suárez González contra la herencia yacente y herederos desconocidos de José Vicente González Piñeiro, José González Vidal, José González Fernández, María González Fernández , en reclamación por ordinario, registrado con el número de procedimiento ordinario 41/2018, se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la LJS, citar a María Fernanda Suárez González, herencia yacente y herederos desconocidos de José Vicente González Piñeiro, José González Vidal, José González Fernández y María González Fernández, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 7 de octubre de 2019, a las 11.00 horas, en la planta baja, sala 1 del Edificio de la calle Berlín, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretendan comparecer al acto del juicio asistidos de abogado o representados técnicamente por graduado social colegiado, o representados por procurador, pondrán esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención a la actora, pueda esta estar representada técnicamente por graduado social colegiado, o representada por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.

En cuanto a la prueba para poder practicar en el acto de juicio se ha acordado:

– Interrogatorio de los demandados: José González Vidal, José González Fernández, María González Fernández y herencia yacente y herederos desconocidos de José Vicente González Piñeiro.

– Documental:

Requiérase a los demandados José González Vidal, José González Fernández, María González Fernández y herencia yacente y herederos desconocidos de José Vicente González Piñeiro para que aporten:

• Contrato de trabajo.

• Partes de alta y baja de la actora en la Seguridad Social.

• Boletines de cotización y nóminas de la actora correspondientes al año 2016.

Consúltense a través del punto neutro judicial las fechas de alta y baja de la actora relativas al empleador José Vicente González Piñeiro.

Sin perjuicio de que el momento de proposición y admisión de prueba es el acto de juicio (artículo 87 de la LJS).

Y para que sirva de citación a María Fernanda Suárez González, herencia yacente y herederos desconocidos de José Vicente González Piñeiro, José González Vidal, José González Fernández y María González Fernández, se expide el presente edicto para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

Santiago de Compostela, 19 de julio de 2019

La letrada de la Administración de justicia