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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 163 Jueves, 29 de agosto de 2019 Pág. 38246

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (DSP 184/2019).

Yo, María Iria Román Vidarte, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de despido/ceses en general 184/2019 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Marta Ferreiro Bello contra Perfume Vip, S.L. sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia:

Santiago de Compostela, 21 de junio de 2019.

Vistos por Ana María Souto González, magistrada jueza de refuerzo del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, los presentes autos número 184/2019, sobre despido, seguidos a instancia de Marta Ferreiro Bello, asistida por la letrada Sra. Rudiño Agrafojo, contra Perfume Vip, S.L.

Fallo:

Se estima parcialmente la demanda interpuesta por Marta Ferreiro Bello contra Perfume Vip, S.L. y se declara la improcedencia del despido efectuada por la demandada con efectos de 30 de enero de 2019 y, en consecuencia, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que readmita a la trabajadora demandante en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido, con abono de los salarios de tramitación dejados de percibir desde la fecha efectiva del despido hasta la notificación de la sentencia, a razón de 39,65 euros diarios o bien, a elección del empresario, a la extinción de la relación laboral con abono a la demandante de la indemnización de 4.470,50 euros por despido improcedente.

La opción del empresario entre la readmisión de la trabajadora o la indemnización por despido improcedente deberá ejercitarse en el plazo de 5 días contados a partir de la notificación de la presente resolución, mediante un escrito o comparecencia ante este juzgado. Transcurrido dicho plazo sin que hubiese optado, se entenderá que procede la readmisión.

Condeno, asimismo, a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 3.375,54 euros como cantidades adeudadas en concepto de salarios debidos, más el interés de mora del 10 % sobre dicha cantidad.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG), el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o representante dentro del indicado plazo.

Así lo acuerda, manda y firma.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Perfume Vip, S.L. en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de anuncios de este juzgado.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 23 de julio de 2019

La letrada de la Administración de justicia