En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de libertad sindical, y para los efectos previstos en el mismo, se hace público que en la correspondiente oficina pública de depósito de estatutos de asociaciones sindicales y empresariales, se acordó depositar con fecha 24.6.2019 os estatutos de la organización sindical Organización de Estibadores Portuarios de Galicia (OEPG):
(https://expinterweb.empleo.gob.es/deose/publico/copiaEstatutos).
Ámbito territorial: Comunidad Autónoma de Galicia.
Ámbito profesional: podrán afiliarse todos los trabajadores y trabajadoras, tanto en activo, como en expectativa de empleo, parados y pensionistas, sin distinción de categorías, dedicados a actividades relacionadas con transporte marítimo, pesca y navegacion tales como los amarradores, remolcadores, trabajadores no estibadores de las empresas estibadoras, consignatarios, transportistas, autoridades portuarias y administración pública, y en todas aquellas actividades económicas que intervengan en el transporte marítimo realizadas en los puertos de Galicia.
Firman el acta de constitución: Víctor Manuel Rey González, Francisco Pereira González, David Álvarez Seijo, Ángel Dapena López y Miguel González Lamas.
Santiago de Compostela, 22 de julio de 2019
Covadonga Toca Carús
Secretaria general de Empleo