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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 183 Jueves, 26 de septiembre de 2019 Pág. 42673

IV. Oposiciones y concursos

Servicio Gallego de Salud

RESOLUCIÓN de 16 de septiembre de 2019, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se declara, con carácter provisional, a los/las aspirantes admitidos/as y excluidos/as, así como a los/las exentos/as y no exentos/as del ejercicio de lengua gallega en el concurso-oposición para el ingreso en la categoría de técnico/a en cuidados auxiliares de enfermería.

Mediante la Resolución de esta dirección general, de 21 de mayo de 2019 (Diario Oficial de Galicia núm. 103, de 3 de junio), se convocó concurso-oposición para el ingreso en la categoría de técnico/a en cuidados auxiliares de enfermería.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, de conformidad con la base sexta de la resolución de convocatoria, este centro directivo, como órgano convocante del proceso,

RESUELVE:

Primero. Declarar, con carácter provisional, a los/las aspirantes admitidos/as y excluidos/as, así como los/las exentos/as y no exentos/as de la realización del ejercicio de lengua gallega en el concurso-oposición para el ingreso en la categoría de técnico/a en cuidados auxiliares de enfermería, convocado mediante la Resolución de 21 de mayo de 2019.

Segundo. La lista con la relación provisional de admitidos/as y excluidos/as, con indicación del motivo de exclusión, y los/las declarados/as exentos/as y no exentos/as de la realización del ejercicio de lengua gallega, podrá examinarse en la página web del Servicio Gallego de Salud (www.sergas.es).

Además, el estado de cada solicitud puede ser consultado por el/la solicitante en su expediente electrónico personal en Fides/expedient-e/sección de procesos.

Tercero. Las personas aspirantes excluidas y las declaradas no exentas de la realización del ejercicio de gallego dispondrán de un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, para poder subsanar, en su caso, el defecto que motivó su exclusión y/o la declaración de no exento/a de la realización de tal ejercicio, mediante escrito dirigido a la misma unidade de validación a la que se dirigió la instancia de participación, que deberá presentarse en un registro administrativo o a través de cualquiera de los procedimientos disponibles del artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Dispondrán del mismo plazo de reclamación las personas que, habiendo presentado debidamente solicitud de participación en el proceso, no consten como admitidas ni excluidas en la relación publicada.

Cuarto. La estimación o desestimación de las solicitudes de subsanación se entenderá implícita en la resolución por la que se apruebe, con carácter definitivo, la relación de admitidos/as y excluidos/as y de exentos/as y no exentos/as del ejercicio acreditativo del conocimiento de la lengua gallega, que se publicará en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 16 de septiembre de 2019

Margarita Prado Vaamonde
Directora general de Recursos Humanos