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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 183 Jueves, 26 de septiembre de 2019 Pág. 42710

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 20 de agosto de 2019, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, de autorización administrativa y autorización administrativa de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Covelo (expediente IN407A 2019/41-4).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa y autorización administrativa de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:

Solicitante: Central Eléctrica Sestelo y Cía, S.A.

Domicilio social: calle Virgen de la Luz, 3, bajo, 36860 Ponteareas.

Denominación: LMTA, LMTS y CM Aldir.

Situación: Covelo.

Características técnicas: extensión de la línea principal L4, tendida en apoyos existentes. El nuevo circuito L4 , con conductor LA-110, tiene una longitud de 752 metros y discurre paralelo e inferior al de la línea principal L3.

Centro de maniobra con celdas prefabricadas, cinco de línea y una de protección trafo y un trafo de 30 kVA de servicios auxiliares.

30×5 metros de línea subterránea, con conductor RHZ1, para acometida al centro de manobra Aldír de las líneas: entrada L3, salida L3, salida derivación Pazos, salida derivación Lourido y entrada/salida L4.

La instalación está situada en Aldir, Pazos, Covelo.

Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el capítulo II, del título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y en la Resolución de la Consellería de Economía e Industria de 19 de febrero de 2014, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54, de 19 de marzo), esta jefatura territorial, resuelve:

Conceder autorización administrativa y autorización administrativa de construcción para la referida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación, y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.

Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.

Contra la presente resolución podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución; también podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.

Pontevedra, 20 de agosto de 2019

Ignacio Rial Santomé
Jefe territorial de Pontevedra