Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 188 Jueves, 3 de octubre de 2019 Pág. 43602

III. Otras disposiciones

Agencia Turismo de Galicia

RESOLUCIÓN de 26 de septiembre de 2019 por la que se modifican los plazos de presentación de solicitudes y de justificación establecidos en la Resolución de 4 de septiembre de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a entidades organizadoras de congresos, seminarios, convenciones, incentivos o cualquier otro evento relativo al turismo de reuniones en Galicia, y se procede a su convocatoria para los años 2019 y 2020 (código de procedimiento TU403A).

El 16 de septiembre de 2019 se publicó en el Diario Oficial de Galicia núm. 175 la Resolución de 4 de septiembre de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a entidades organizadoras de congresos, seminarios, convenciones, incentivos o cualquier otro evento relativo al turismo de reuniones en Galicia, y se procede a su convocatoria para los años 2019 y 2020 (código de procedimiento TU403A).

El artículo 5.2 de las citadas bases reguladoras establece que el plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esa resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Resulta conveniente, dado que se trata de la primera convocatoria de estas subvenciones, la ampliación del citado plazo, de manera que se establece como último día para presentar las solicitudes el 5 de noviembre de 2019, por lo que el artículo 5.2 de las bases queda redactado como sigue:

«Las solicitudes podrán presentarse a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. El último día de plazo para presentar las solicitudes será el 5 de noviembre de 2019».

Asimismo, y dada la ampliación del plazo de presentación de solicitudes resulta necesario modificar el plazo de justificación de los proyectos o actuaciones subvencionadas que se ejecuten entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre, a los efectos de permitir la tramitación y resolución de los expedientes relativos a los citados proyectos con anterioridad a la finalización del plazo de justificación establecido, de manera que se modifica el artículo 20.2 de las bases, que queda redactado como sigue:

«2. Se establecen los siguientes plazos de justificación de las ayudas concedidas:

– Si el proyecto o actuación subvencionado se ejecuta entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre de 2019, el plazo de justificación finalizará el 10 de diciembre de 2019.

– Si el proyecto o actuación subvencionado se ejecuta entre el 1 de noviembre de 2019 y el 30 de septiembre de 2020, el plazo de justificación finalizará el 31 de octubre de 2020».

Santiago de Compostela, 26 de septiembre de 2019

Mª Nava Castro Domínguez
Directora de la Agencia Turismo de Galicia