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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 220 Martes, 19 de noviembre de 2019 Pág. 49324

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Marín

ANUNCIO de acuerdo de instrucción de orden de ejecución de expediente de gestión de la biomasa.

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 40, 44 y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, para el supuesto de que los interesados en un procedimiento sean desconocidos, se ignore el lugar de la notificación o bien, intentada ésta, no se hubiese podido practicar, por el presente anuncio se notifica a los interesados que se relacionan en el acto administrativo que se cita, para cuyo conocimiento íntegro podrán comparecer en las dependencias del Departamento de Urbanismo del Ayuntamiento de Marín, sito en la avda. de Ourense, s/n, 36900 Marín, de 8.00 a 15.00 horas.

Expediente núm.

Interesado

NIF

Referencia catastral/nº parcela-polígono

Emplazamiento

DU450-059-2019

-

31159781W

Parcela 373

Polígono 50

Lugar de Xuncal

Acto que se notifica: acuerdo de instrucción de orden de ejecución, con base en lo dispuesto en los artículos 15.1.b) del Real decreto legislativo 7/2015, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del suelo y rehabilitación urbana; 135 y 136 de la Ley 2/2016, del suelo de Galicia; 333 a 336 del Decreto 143/2016, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley del suelo de Galicia; 7, 21 y siguientes y la DA 3ª de la Ley 3/2007, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia; 7 de la Ordenanza reguladora del deber de conservación de edificaciones y terrenos en las condiciones de funcionalidad, seguridad y ornato público, y del artículo 54 de la Ordenanza reguladora de intervención urbanística municipal en obras y actividades, en relación con la gestión de la biomasa.

Primero. Se ordenan, en virtud de lo instruido, las siguientes actuaciones:

a) Gestión de la biomasa (labores de tala y desbroce) de la parcela arriba referenciada, con retirada del material resultante a vertedero autorizado, en una franja de 50 metros:

a) Perimetral al suelo urbano, de núcleo rural y urbanizable.

b) Alrededor de las edificaciones, viviendas aisladas, urbanizaciones, depósitos de basura, cámpings, gasolineras y parques e instalaciones industriales sitas a menos de 400 metros del monte.

c) Alrededor de las edificaciones aisladas en suelo rústico sitas a más de 400 metros del monte.

b) Retirada de las especies arbóreas de la citada parcela que estén recogidos en la DA 3ª de la Ley 3/2007, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, que se encuentren a una distancia de 50 metros del perímetro señalado en el apartado anterior. Las citadas especies son las siguientes:

Especie

Nombre común

Pinus pinaster

Pino gallego

Pino gallego

Pinus sylvestris

Pino albar

Pinus radiata

Pino de Monterrey

Pseudotsuga menziesii

Pino de Oregón

Acacia dealbata

Mimosa

Acacia melanoxylum

Acacia negra

Eucalyptus spp

Eucalipto

Calluna vulgaris

Brecina

Chamaespartium tridentatum

Carquesia

Cytisus spp

Retama

Erica spp

Brezo

Genista spp

Retama

Pteridium aquilinum

Helecho

Rubus spp

Zarza

Ulex europaeus

Tojo

Segundo. El plazo de ejecución de las actuaciones será de 15 días naturales o de tres meses en el caso de las franjas laterales de las vías de comunicación, según lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 3/2007, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, contados tras la recepción de la notificación de la resolución.

Tercero. Se le advierte de que, en el caso de incumplimiento de una orden de ejecución, la Administración municipal procederá a la ejecución forzosa mediante la imposición de multas coercitivas de 1.000 a 10.000 euros, fijándose en informe del técnico municipal una multa coercitiva a imponer por importe de 1.000 euros, reiterable trimestralmente según lo dispuesto en los artículos 135.4 y 136.4 de la LSG, y 336.1 del RLSG.

En caso de persistencia en el incumplimiento, transcurrido dicho plazo podrá procederse a la ejecución subsidiaria con repercusión de los costes de gestión de la biomasa y, en su caso, decomiso de las especies arbóreas prohibidas retiradas por la Administración, en las condiciones establecidas en el artículo 22.2 de la Ley 3/2007, sin perjuicio de la instrucción del procedimiento sancionador que corresponda.

Cuarto. Se le informa que está obligado a comunicar y justificar documentalmente que ha procedido a lo ordenado en el párrafo primero, ya que, en caso contrario, se procederá de acuerdo con lo señalado en el párrafo tercero.

Quinto. Se notifica a los interesados que estamos ante un acto administrativo definitivo, por lo que cabe interponer contra el mismo recurso de reposición en el plazo de un mes, o contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde su notificación, sin perjuicio de otros que estimen pertinentes.

Marín, 24 de octubre de 2019

María Ramallo Vázquez
Alcaldesa presidenta