Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 230 Martes, 3 de diciembre de 2019 Pág. 51619

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 19 de noviembre de 2019 por la que se notifica la resolución del recurso de reposición contra la Resolución de 2 de diciembre de 2015 (expediente PON/574/2014-R1).

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, el día 21 de octubre de 2019, dictó resolución por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de 2 de diciembre de 2015, del director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, que declaró ilegalizables las obras de construcción de una nave con tipología industrial construida mediante cimentación y pilares de hormigón armado en el lugar de Prado, Morgadáns, en el término municipal de Gondomar, y se ordenó la demolición de dichas obras, la reposición de los terrenos afectados al estado anterior al inicio de las obras y el cese definitivo de los usos a los que hubiesen dado lugar.

Al no poder realizarse la notificación personal de aquella resolución a Bernabé Gameiro Costas, mediante la presente cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica al interesado dicha resolución por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica en su integridad, se hace saber al interesado que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, sitas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra dicha resolución, que es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de la circunscripción donde radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1.3ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, según lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada ley.

Para que conste y sirva de notificación al citado interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 19 de noviembre de 2019

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística