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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 9 Miércoles, 15 de enero de 2020 Pág. 1915

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 4 de Vigo

EDICTO (445/2018).

Yo, Ángel Gómez Santos, en mi calidad de secretario del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Vigo, doy fe y testimonio de que en el juicio verbal núm. 445/2018 se dictó la presente sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son como sigue:

Sentencia nº 208.

Vigo, 28 de octubre de 2019.

Vistos por mí, Manuel Ángel Pereira Costas, magistrado del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Vigo, los presentes autos de juicio verbal que con el número 445/2019 se siguen por instancia de Olaia Güénaga Vaqueiro, en cuya representación actúa Estíbaliz Güénaga Coyonga, representada por la procuradora María Jesús Toucedo Guisande y dirigida por el letrado Felipe Damián García Sendón, contra Iván Vázquez Francisco, declarado en situación de rebeldía procesal, los cuales tienen por objeto una pretensión de cumplimiento contractual.

Resolución:

Estimo totalmente la demanda formulada por Olaia Güénaga Vaqueiro contra Iván Vázquez Francisco y, en consecuencia, hago los siguientes pronunciamientos:

1º. Condeno a Iván Vázquez Francisco a abonar a Olaia Güénaga Vaqueiro la cantidad de 700 euros, correspondiente a las mensualidades que a razón de 100 euros se había comprometido aquel a abonar desde el mes de diciembre de 2017, y que se encontraban ya vencidas en la fecha de la presentación de la demanda (1 de junio de 2018). Lo condeno también a abonar las mensualidades cuyo vencimiento se haya producido o se produjese con posterioridad, hasta completar el total importe adeudado (3.511,87 euros), conforme a los aplazamientos estipulados en el reconocimiento de deuda firmado por el demandado el 22 de noviembre de 2017. Los importes ya vencidos en la fecha de la presente sentencia reportarán, desde su fecha, el interés legal del dinero incrementado en dos puntos.

2º. Condeno Iván Vázquez Francisco a abonar las costas procesales.

Notifíquese esta sentencia a las partes, a las que se le hará saber que no es firme y que contra ella podrán interponer recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Pontevedra en el plazo de veinte días.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

Y para que así conste y sirva de notificación de sentencia para Iván Vázquez Francisco, actualmente en paradero desconocido, así como para su publicación en el Diario Oficial de Galicia, expido el presente edicto.

Vigo, 4 de noviembre de 2019