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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 14 Miércoles, 22 de enero de 2020 Pág. 3493

III. Otras disposiciones

Consellería de Economía, Empleo e Industria

EXTRACTO de la Orden de 20 de diciembre de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para sufragar los gastos de funcionamiento de las entidades asociativas de cooperativas, sociedades laborales, centros especiales de empleo y empresas de inserción, y se convocan para el año 2020 (códigos de procedimiento TR802H e TR358D).

BDNS (Identif.): 492825.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).

Primero. Entidades beneficiarias

– Las asociaciones de cooperativas y de sociedades laborales para las actuaciones previstas en el programa I.

– Las asociaciones de centros especiales de empleo y empresas de inserción laboral para las actuaciones previstas en el programa II.

Segundo. Objeto y finalidad

Sufragar los gastos de organización interna y funcionamiento de las entidades representativas de la economía social de Galicia, a través de los siguientes programas de ayudas:

– Programa I - Fomento y consolidación de las asociaciones de cooperativas y de sociedades laborales.

– Programa II - Fomento y consolidación de las asociaciones de centros especiales de empleo y empresas de inserción laboral.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 20 de diciembre de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para sufragar los gastos de funcionamiento de las entidades asociativas de cooperativas, sociedades laborales, centros especiales de empleo y empresas de inserción, y se convocan para el año 2020 (códigos de procedimiento TR802H e TR358D).

Cuarto. Cuantía

El presupuesto total asciende a doscientos noventa mil euros (300.000,00 €) y la distribución de créditos por programas es la siguiente: programa I, 230.000,00 €; programa II, 70.000,00 €.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo general para presentar las solicitudes de ayuda es de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

Sexto. Otros datos

Para los dos programas, una vez acreditada la aceptación de la subvención y previa solicitud, se podrá hacer efectivo en concepto de pago anticipado hasta un 80 % del importe de la subvención.

Santiago de Compostela, 20 de diciembre de 2019

Francisco José Conde López
Conselleiro de Economía, Empleo e Industria