Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 23 Martes, 4 de febrero de 2020 Pág. 7503

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 8 de enero de 2020 por la que se notifica la resolución del expediente de reposición de la legalidad urbanística PON/185/2018-RP1.

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística acordó, el 12 de diciembre de 2019, resolver el expediente de reposición de la legalidad urbanística en relación con las obras consistentes en la construcción de una edificación de planta baja en el lugar de San Amaro, Portela, en el término municipal de Barro, provincia de Pontevedra.

Al no poderse realizar la notificación personal de aquel acuerdo a Sandra María Sartal Aboal, mediante la presente cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica a la interesada dicho acuerdo mediante un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica en su integridad, se comunica a la interesada que el texto íntegro del acuerdo que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, situada en el Edificio Witland, 1ª planta, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

La interesada dispone de un plazo de quince (15) días, contados a partir del día siguiente a aquel en que se haya producido la notificación de esta cédula, para presentar los documentos y justificaciones que considere pertinentes y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de los que pretenda valerse.

Para que conste, y le sirva de notificación a la citada interesada en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 8 de enero de 2020

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística