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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 27 Lunes, 10 de febrero de 2020 Pág. 9030

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

CÉDULA de 23 de enero de 2020, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por la que se notifica la resolución del expediente sancionador incoado por infracción administrativa en el orden social RL 2019/0249-4.

Intentada la notificación personal y devuelta por el servicio de Correos por resultar imposible su práctica, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, por la presente cédula se notifican a las empresas relacionadas, las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores correspondientes.

Dispone de un plazo de diez (10) días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación de esta cédula en el Boletín Oficial del Estado, para examinar la resolución (que no pone fin a la vía administrativa) en las dependencias de esta jefatura territorial, Servicio de Empleo y Economía Social, Sección de Sanciones, sitas en la calle Concepción Arenal, 8, 2ª planta en Vigo (Pontevedra), de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 85.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, contra esta resolución no cabe interponer ninguna acción o recurso en vía administrativa, determinando su inadmisión inmediata en caso de que así se hiciera.

Esto resulta sin perjuicio de que, no obstante la renuncia a la formulación de recursos en vía administrativa, proceda interponer recurso ante los juzgados de lo social, En el prazo de dos meses, desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2.n) y 6.2.b) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.

Para efectuar el ingreso deberá utilizar necesariamente el documento de ingreso de la Consellería de Hacienda que se envía junto con la resolución y en el número de cuenta y entidad bancaria y plazo que en él se indican.

Se le advierte que, transcurrido dicho plazo, se devengará inmediatamente la recarga de apremio e intereses de demora, y se procederá al cobro y, en su caso, ejecución por el procedimiento administrativo de apremio en los términos previstos en la Orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 23 de noviembre de 2001 (DOG de 5 de diciembre) y demás disposiciones generales de aplicación.

Vigo, 23 de enero de 2020

Ignacio Rial Santomé
Jefe territorial de Vigo

ANEXO

Expediente: RL 2019/0249-4.

Acta: I362019000039960.

Empresa: Pablo Álvarez Tizón.

Dirección: avda. Atlántida, 54, urb. Sotavento; Vigo.

Materia: relaciones laborales.

Preceptos infringidos: artículos 15.1.b) y 3 del Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del estatuto de los trabajadores, y artículos 8.1.b), 8.2 segundo párrrafo y 9.3 del Real decreto 2720/1998, de 18 de diciembre, por el que se desenvuelve el artículo 15 del Estatuto de los trabajadores en materia de contratos de duración determinada.

Preceptos sancionadores: artículos 7.2, 39 y 40.1.b) del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social.

Fecha de resolución: 12.12.2019.

Resolución: multa de 500,80 €.