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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 28 Martes, 11 de febrero de 2020 Pág. 9321

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura y Turismo

RESOLUCIÓN de 15 de enero de 2020, de la Dirección General del Patrimonio Cultural, por la que se inscribe a la asociación Círculo Chileno de Amigos del Camino de Santiago de Compostela en el Registro de Entidades de Promoción del Camino de Santiago.

Hechos:

La asociación Círculo Chileno de Amigos del Camino de Santiago de Compostela presenta una solicitud de inscripción en el Registro de Entidades de Promoción del Camino de Santiago el día 19 de noviembre de 2019.

La solicitud fue presentada según el modelo que figura como anexo I del Decreto 45/2001, de 1 de febrero, de refundición de la normativa en materia del Camino de Santiago (DOG núm. 36, de 20 de febrero), modificado por el Decreto 209/2002, de 13 de junio, DOG núm.121, de 25 de junio) y con ella fue aportada la documentación pertinente según el artículo 26 del citado decreto.

Fundamentos de derecho:

Es de aplicación específicamente al procedimiento la siguiente normativa:

• Decreto 106/2018, de 4 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de las consellerías de la Xunta de Galicia.

• Decreto 45/2001, de 1 de febrero, de refundición de la normativa en materia del Camino de Santiago, modificado por el Decreto 209/2002, de 13 de junio.

El artículo 23 de este último decreto, regula que «para su inscripción en el registro las entidades solicitantes deberán tener como finalidad, expresa y prioritariamente reflejada en sus estatutos, la recuperación, conservación y promoción del Camino de Santiago, así como la difusión de la cultura derivada de éste».

El jefe del Servicio de Protección y Fomento de la Dirección General del Patrimonio Cultural emite un informe el día 13 de enero de 2020 sobre la solicitud en el que se constata que la asociación Círculo Chileno de Amigos del Camino de Santiago de Compostela persigue los objetivos fijados en el decreto.

La solicitud presentada cumple las normas establecidas en el citado Decreto 45/2001, de 1 de febrero. Por ello,

RESUELVO:

Que la asociación Círculo Chileno de Amigos del Camino de Santiago sea inscrita en el Registro de Entidades de Promoción del Camino de Santiago con el número 219.

Régimen de recursos:

La presente resolución pone fin a la vía administrativa. Contra ella se podrá interponer potestivamente un recurso de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución. También puede ser impugnada directamente con un recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde la recepción de esta notificación, ante esa orden jurisdiccional.

En ningún caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que el recurso de reposición, de haber sido presentado, sea resuelto expresamente o se produzca su desestimación presunta. Lo anterior, de acuerdo con lo que disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 15 de enero de 2020

Mª Carmen Martínez Insua
Directora general del Patrimonio Cultural