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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 32 Lunes, 17 de febrero de 2020 Pág. 10789

III. Otras disposiciones

Escuela Gallega de Administración Pública

RESOLUCIÓN de 7 de febrero de 2020 por la que se convocan cursos de prevención de riesgos laborales nivel básico para personal empleado público, trabajador por cuenta ajena o autónomo, empresario y persona con inquietudes en el ámbito de la prevención de riesgos laborales.

De acuerdo con el Convenio de colaboración suscrito entre la Escuela Gallega de Administración Pública (en adelante EGAP) y el Instituto Gallego de Seguridad y Salud Laboral (ISSGA) para el desarrollo de actividades de formación, divulgación e investigación, se convocan dos cursos en materia de prevención de riesgos laborales.

RESUELVO:

Convocar los cursos de prevención de riesgos laborales que figuran en el anexo II, que deberán desarrollarse según las bases detalladas en el anexo I.

Santiago de Compostela, 7 de febrero de 2020

Sonia Rodríguez-Campos González
Directora de la Escuela Gallega de Administración Pública

ANEXO I

Primera. Requisitos del personal participante

Podrán participar en esta actividad formativa: los empleados/as públicos/as, trabajadores/as por cuenta ajena o autónomos/as, empresarios/as y aquellas personas con inquietudes en el ámbito de la prevención de riesgos laborales.

Segunda. Desarrollo de las actividades de formación

Las actividades formativas se realizarán con los requerimientos, la duración y las condiciones que para estas actividades se indiquen en la convocatoria. La información relativa al desarrollo de las actividades, así como sus posibles modificaciones, será actualizada y ampliada en la página web <https://egap.xunta.gal>.

Tercera. Solicitudes y plazos

1. El plazo de presentación de solicitudes será del 18 al 27 de febrero de 2020.

2. Las solicitudes de participación en las actividades formativas solo podrán realizarse mediante el formulario de matrícula telemática disponible en la dirección <https://egap.xunta.gal/matricula> desde las 9.00 horas de la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes y hasta las 23.55 horas de la fecha de finalización. Las solicitudes se entenderán presentadas una vez que se complete correctamente el proceso de matriculación.

3. Serán excluidas automáticamente aquellas solicitudes que no se ajusten al formulario de solicitud, no tengan cubiertos correctamente los datos necesarios para la realización del proceso de selección o sean presentadas fuera de plazo.

4. Las personas que oculten o falseen datos esenciales para la selección serán automáticamente excluidas de la actividad solicitada y pasarán al final de las listas de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado desde que se detecte el hecho.

5. Las personas interesadas en recibir mensajes sobre el proceso de selección deberán facilitar una dirección de correo electrónico y/o un número de teléfono móvil y, al tratarse de actividades impartidas en la modalidad de teleformación, deberán disponer de un equipo informático que cumpla los siguientes requisitos técnicos:

– Un ordenador con conexión a internet.

– Un navegador web con el plugin de flash.

6. La EGAP adoptará las medidas necesarias para facilitar la presentación de las solicitudes. Las dudas, las dificultades técnicas y las peticiones de información complementaria serán atendidas a través de los números de teléfono 981 54 62 57 y 981 54 63 35 y de la dirección de correo electrónico <xestion.egap@xunta.gal>.

Cuarta. Criterios de selección

1. Una vez recibidas las solicitudes correctamente, se asignarán las plazas en el curso solicitado por orden de inscripción hasta agotar el total de plazas, teniendo prioridad aquellas personas que posean la condición de delegado/a de prevención, trabajador/a designado/a y/o empresario/a que asuma las funciones de prevención de riesgos laborales en su empresa (deberán enviar la documentación que lo acredite a issga.cursoprl@xunta.gal dentro del plazo de presentación de solicitudes).

2. En caso de que no haya un suficiente número de solicitantes que cumplan los requisitos del curso podrá completarse el número de participantes asignado mediante la apertura de un nuevo plazo público en la página web de la EGAP.

Quinta. Publicación de las relaciones del alumnado seleccionado

1. La EGAP publicará en la dirección <https://egap.xunta.gal> una relación de las personas seleccionadas para participar en dicho curso, así como un número adecuado de reservas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

El plazo de presentación de alegaciones será de diez días desde su publicación de acuerdo con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Se entenderá que las personas que no figuren en la relación fueron excluidas por alguna de las razones expresadas en las bases de la convocatoria u ocupan un puesto más alejado en el listado de espera.

2. Después de transcurrir el plazo de alegaciones, la EGAP publicará en la dirección <https://egap.xunta.gal> el listado definitivo de personas admitidas en el curso. Contra este listado se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes desde dicha publicación, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Sexta. Cambios o sustituciones en la selección, renuncia y asistencia

1. Los cambios o las sustituciones en la selección:

En ningún caso serán admitidos cambios o sustituciones entre las personas seleccionadas.

No obstante, aquellos/as alumnos/as que no superen la actividad del módulo 1 en el plazo establecido no podrán continuar el curso y serán sustituidos/as por nuevos/as alumnos/as de acuerdo con el orden de la lista de espera.

2. La renuncia:

a) Las personas seleccionadas solo podrán renunciar a la actividad formativa:

– Por causa de fuerza mayor suficientemente acreditada.

– Por necesidades del servicio debidamente motivadas por parte de los/las responsables de los centros directivos.

– Por otras causas justificadas documentalmente.

b) La renuncia debe ser comunicada por escrito a la EGAP con una antelación mínima de tres días naturales anteriores al inicio de la actividad formativa. En la página web de la escuela está disponible un modelo de renuncia.

Para ello se podrá utilizar, además de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre) la dirección de correo electrónico <xestion.egap@xunta.gal>.

c) Las personas que incumplan lo previsto en los apartados a) y b) pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

3. Seguimiento de las actividades de teleformación:

Las personas que no completen el 50 % de las actividades y tareas propuestas por la tutoría pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

4. La asistencia y la puntualidad:

a) Es obligatoria la asistencia con puntualidad a las pruebas de evaluación. A estos efectos, se realizará un único llamamiento por orden alfabética. En ningún caso se admitirán cambios en la asignación de turnos de las pruebas.

b) Las personas participantes deberán venir provistas de DNI o de un documento fidedigno acreditativo de su identidad.

c) Para poder hacer la prueba de evaluación, cada participante debe recordar la contraseña que le permite entrar en el aula virtual, que coincide con la que le da acceso a la zona de matrícula.

d) No se permitirá el uso de dispositivos electrónicos durante el desarrollo de las pruebas.

Séptima. Superación de la actividad formativa

Para poder superar la actividad de teleformación es necesario cumplir una serie de requisitos obligatorios en su totalidad:

– La asistencia a la sesión presencial de apertura, si la hubiere.

– La adecuada realización de todas las actividades que el/la tutor/a proponga. Estas deben constar debidamente presentadas en los plazos estipulados en la programación didáctica del curso. La no superación de las actividades obligatorias supondrá la pérdida automática del derecho a participar en el examen final presencial.

– La superación de las pruebas de evaluación que a los efectos se establezcan. Para superar las pruebas de evaluación, los/las alumnos/as deberán responder de forma correcta a un 50 % de las preguntas de la prueba. Las respuestas incorrectas no descontarán aciertos. Las fechas, horario y el lugar de realización de esta será el indicado en el anexo II.

Octava. Certificados

Para la obtención del certificado de aprovechamiento, el alumnado deberá obtener la evaluación positiva de su profesorado, el cual emitirá un informe en que declare apto/a o no apto/a cada alumno/a en función del resultado de la prueba de evaluación.

Novena. Facultades de la EGAP

1. La EGAP y el ISSGA podrán modificar el desarrollo, las fechas y los lugares de la actividad formativa, así como resolver todas las contingencias que puedan surgir.

2. En el supuesto de que el número de admitidos/as sea inferior al 50 % de las plazas convocadas, la EGAP y el ISSGA se reservan el derecho a suspender o cancelar la actividad, caso en el que empleará los medios de notificación a las personas interesadas previstos en la normativa vigente.

3. La EGAP y el ISSGA garantizarán en las actividades derivadas de esta convocatoria la promoción de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, la eliminación de cualquier tipo de discriminación y el fomento de los derechos de conciliación.

ANEXO II

– Código: CV20009.

Prevención de riesgos laborales. Nivel básico. ISSGA.

1. Objetivos.

Proporcionar la formación que establece el anexo IV del Reglamento de los servicios de prevención (Real decreto 39/1997, de 17 de enero) que capacita para el desarrollo de las funciones de nivel básico en prevención de riesgos laborales.

2. Destinatarios/as.

Podrán participar en esta actividad formativa los/las empleados/as públicos/as, trabajadores/as por cuenta ajena o autónomos/as, empresarios/as y aquellas personas con inquietudes en el ámbito de la prevención de riesgos laborales.

3. Desarrollo.

Modalidad: teleformación.

Duración: 60 h. edición.

Ediciones: tres.

Fechas: de 11 de marzo a 6 de mayo de 2020.

Prueba final presencial: el día 6 de mayo a las 10.00 horas.

La prueba final del curso se realizará de forma descentralizada en los centros territoriales del ISSGA en las localidades de A Coruña, Lugo, Ourense y Pontevedra y en Santiago de Compostela en la sede de la EGAP, Rúa Madrid, 2-4. Polígono de As Fontiñas.

Plazas: 75 por edición.

4. Contenido:

1º. Conceptos básicos sobre seguridad y salud en el trabajo.

2º. Riesgos generales y su prevención.

3º. Riesgos específicos del sector de la actividad de la empresa y su prevención.

4º. Elementos básicos de la gestión de la prevención de riesgos.

5º. Primeros auxilios.

6º. Prevención de riesgos laborales desde la perspectiva de género.

– Código: CV20008.

Área de conocimiento: conocimientos transversales.

Nombre del curso: Prevención de riesgos laborales en actividades de tiempo libre.nivel básico.

1. Objetivos.

Proporcionar la formación que establece el anexo IV del Reglamento de los servicios de prevención (Real decreto 39/1997, de 17 de enero) que capacita para el desarrollo de las funciones de nivel básico en prevención de riesgos laborales.

El programa incluye un módulo formativo dedicado a la organización y gestión de actividad de tiempo libre.

Curso impartido por el ISSGA en colaboración con la Dirección General de Juventud y Voluntariado.

2. Destinatarios/as.

Podrán participar en esta actividad formativa los/las empleados/as públicos/as, trabajadores/as por cuenta ajena o autónomos/as, trabajadores/as designados/as y delegados/as de prevención, empresarios/as y aquellas personas con inquietudes en el ámbito de la prevención de riesgos laborales, en particular, en la organización y gestión de actividades de tiempo libre.

3. Desarrollo.

Modalidad: teleformación.

Duración: 60 h. edición.

Ediciones: una.

Fechas: de 17 de marzo a 6 de mayo de 2020.

Prueba final presencial: el día 6 de mayo a las 10.00 horas.

La prueba se realizará de forma descentralizada en los centros territoriales del ISSGA de A Coruña, Lugo, Ourense y Pontevedra y en la sede de la EGAP en Santiago de Compostela.

Plazas: 75.

4. Contenido:

1º. Conceptos básicos sobre seguridad y salud en el trabajo.

2º. Riesgos generales y su prevención.

3º. Riesgos específicos del sector de la actividad de la empresa y su prevención.

3.1º. Actividades de tiempo libre.

4º. Elementos básicos de la gestión de la prevención de riesgos.

5º. Primeros auxilios.

6º. Prevención de riesgos laborales desde la perspectiva de género.