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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 39 Jueves, 27 de febrero de 2020 Pág. 13870

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

ANUNCIO de 11 de febrero de 2020 por el que se notifica la orden de suspensión en el expediente de reposición de la legalidad urbanística LUG/72/2019-S1.

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el día 4 de septiembre de 2019, resolución ordenando la inmediata suspensión de las obras consistentes en la ejecución de una edificación, situada en la calle Moas, en la parroquia de San Pedro de Benquerencia, en el término municipal de Barreiros, provincia de Lugo.

Al no poderse realizar la notificación personal de aquella resolución a Daniel Vázquez Piñeira, mediante este anuncio, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica al interesado dicha resolución por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica en su integridad, se hace saber al interesado que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, sitas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, el interesado puede interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que se haya producido la notificación, ante el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien, si no ejerce su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y sirva de notificación al citado interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo este anuncio.

Santiago de Compostela, 11 de febrero de 2020

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística