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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 39 Jueves, 27 de febrero de 2020 Pág. 13827

IV. Oposiciones y concursos

Universidad de Vigo

RESOLUCIÓN de 13 de febrero de 2020 por la que se aprueba la relación definitiva de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo para ingresar como personal laboral fijo del grupo I, en la categoría de técnico/a superior de teledocencia por el sistema de acceso libre.

De acuerdo con la base cuarta de la Resolución rectoral de 28 de junio de 2019 (DOG de 8 de julio) mediante la que se convocó un proceso selectivo para el ingreso en la categoría de técnico/a superior de teledocencia por el sistema de acceso libre, este rectorado en uso de las competencias atribuidas por la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, y por los estatutos de la Universidad de Vigo,

RESUELVE:

Primero. Aprobar la relación definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas en dicho proceso de selección, ordenando su publicación en el tablón de anuncios del Registro General de la Universidad de Vigo (Edificio Exeria, Campus de Vigo) y en la siguiente dirección: https://www.uvigo.gal/universidade/administracion-persoal/pas/traballar-uvigo

Segundo. Convocar en un único llamamiento a las personas aspirantes el día 18 de abril de 2020 en el aula 1 de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales del Campus de Vigo a las 10.00 horas para la realización del primer ejercicio. Deberán presentar el DNI y necesitarán bolígrafo negro o azul.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

No obstante, las personas interesadas podrán optar por interponer contra esta resolución recurso de reposición, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que la dictó. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se produjese la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, según lo previsto en el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Vigo, 13 de febrero de 2020

Manuel Joaquín Reigosa Roger
Rector de la Universidad de Vigo