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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 46 Lunes, 9 de marzo de 2020 Pág. 15328

III. Otras disposiciones

Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional

ORDEN de 26 de febrero de 2020 por la que se extingue la autorización de la red de centros de enseñanzas deportivas COEN Centros de Formación, por cese de actividades docentes.

El representante de la titularidad de la red de centros de enseñanzas deportivas (CAD) COEN Centros de Formación, solicita la extinción de la autorización por cese de actividades.

Por Orden de 16 de julio de 2014, DOG de 1 de agosto, se autoriza la apertura y funcionamiento de la red de centros de enseñanzas deportivas COEN Centros de Formación.

El Decreto 410/2003, de 6 de noviembre, regula los requisitos y el procedimiento para la autorización a centros privados y a centros públicos que no sean de titularidad de la Consellería Educación y Ordenación Universitaria para impartir enseñanzas de técnicos deportivos en la Comunidad Autónoma de Galicia; norma desarrollada por las órdenes de esta consellería de 12 de abril de 2004 y de 23 de abril de 2004, en las que se determinan el procedimiento de autorización y los requisitos mínimos de los espacios administrativos y docentes genéricos con los que deben contar los centros.

Por ello, a propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos,

DISPONGO:

Artículo 1. Extinción de la autorización

Extinguir de conformidad con el artículo 17.2 del Decreto 410/2003, por cese en sus actividades docentes, a instancia de la titularidad, la autorización del CAD COEN Centros de Formación, código del centro 36024860.

Artículo 2. Inscripción en el Registro de Centros

La presente extinción de la autorización dará lugar a la correspondiente inscripción en el Registro de Centros de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán formular recurso potestativo de reposición ante esta consellería, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, directamente, el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la mesma fecha, ante la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 26 de febrero de 2020

Carmen Pomar Tojo
Conselleira de Educación, Universidad y Formación Profesional