BDNS (Identif.): 498567.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero. Entidades beneficiarias
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones establecidas para estos programas las entidades gallegas inscritas en el Registro de la Galleguidad al amparo de la Ley 7/2013, de 13 de junio, de la galleguidad, con la categoría de comunidades gallegas, con la de centros colaboradores de la galleguidad o con la de federaciones de comunidades y/o entidades que cuenten con local social diferenciado del de las entidades asociadas.
Segundo. Objeto
La resolución tiene por objeto conceder subvenciones a las entidades gallegas en el exterior para realizar los programas siguientes:
– Programa A. Ayudas para obras de ampliación, reforma, rehabilitación y conservación de las instalaciones y/o del patrimonio cultural.
– Programa B. Ayudas para la mejora de dotaciones y equipamientos de carácter inventariable.
Tercero. Bases reguladoras
Resolución de 24 de febrero de 2020, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones correspondientes a los programas de apoyo infraestructural y adquisición de equipamientos a las entidades gallegas en el exterior, y se convocan para el año 2020 (código de procedimiento PR924C).
Cuarto. Importe
Para conceder las subvenciones convocadas se destinará un crédito total de 575.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria 04.30.312C.781.0.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. Si el último día del plazo fuere inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
Santiago de Compostela, 24 de febrero de 2020
Antonio Rodríguez Miranda
Secretario general de la Emigración