Advertidos errores en la citada orden, publicada en el Diario Oficial de Galicia, número 22, de 3 de febrero de 2020, se procede a efectuar las siguientes correcciones:
En la página 6895, artículo 5.4, donde dice: «Persona desempleada de larga duración, aquella que en la fecha de su alta en el correspondiente régimen de la Seguridad Social esté sin trabajo y acredite un período de inscripción como despedida en el Servicio Público de Empleo...», debe decir: «Persona desempleada de larga duración, aquella que en la fecha de su alta en el correspondiente régimen de la Seguridad Social esté sin trabajo y acredite un período de inscripción como desempleada en el Servicio Público de Empleo...».
En la página 6899, artículo 11.3, donde dice: «Las notificaciones electrónicas se realizarán mediante el Sistema de notificación electrónica de Galicia Notifica.gal, disponible a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal). Este sistema remitirá a las personas interesadas avisos de la puesta a la disposición de las notificaciones, mediante un correo electrónico dirigido a la cuneta de correo que conste en la solicitud para efectos de notificación ...», debe decir: «Las notificaciones electrónicas se realizarán mediante el Sistema de notificación electrónica de Galicia Notifica.gal, disponible a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal). Este sistema remitirá a las personas interesadas avisos de la puesta a disposición de las notificaciones, mediante un correo electrónico dirigido a la cuenta de correo que conste en la solicitud a efectos de notificación ...».
En la página 6909, artículo 22.1.c), segundo párrafo, donde dice: «Este plan deberá tener informe de su viabilidad económica y financiera de entidad independiente, entre las que figuran la Unidad de Galicia Emprende y los agentes de empleo y desarrollo local,...», debe decir: «Este plan deberá tener informe de su viabilidad económica y financiera de entidad independiente, entre las que figuran la Unidad de Galicia Emprende (a través de la aplicación establecida en el correo: http://www.tramita.igape.es) y los agentes de empleo y desarrollo local,...».