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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 48 Miércoles, 11 de marzo de 2020 Pág. 15803

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

ANUNCIO de 26 de febrero de 2020 por el que se notifica la resolución del expediente sancionador y de reposición de la legalidad POL/55/2018.

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, con fecha de 12.2.2020, dictó resolución en el expediente sancionador y de reposición de la legalidad POL/55/2018, tramitado por la realización de obras, dentro de la servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre, en el lugar de Praia de Liméns, en el término municipal de Cangas (Pontevedra).

Al no poder realizarse la notificación personal de la resolución a Celestina Fernández Rial, mediante el presente anuncio y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se le notifica a la interesada dicha resolución por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica en su integridad, se le hace saber a la interesada que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, sita en el Edificio Witland, 1er piso, Salgueiriños, Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, la interesada podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que se haya producido la notificación, ante el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien, si no ejerce su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y le sirva de notificación a la destinataria arriba indicada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 26 de febrero de 2020

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística