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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 64 Miércoles, 1 de abril de 2020 Pág. 17702

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 5 de Lugo

EDICTO (923/2018).

Yo, María José Núñez Abeledo, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Lugo, por el presente edicto hago saber que en el presente procedimiento ordinario 923/2018, seguido a instancia de Cafés As Candelas, S.L. frente a José Salmerón Hernández, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:

Sentencia:

Juez que la dicta: magistrado juez: Deaño Rodríguez.

Lugar: Lugo.

Fecha: diez de julio de dos mil diecinueve.

Demandante: Cafés As Candelas, S.L.

Abogada: Eva López Peña.

Procurador: José Carlos Lagüela Andrade.

Demandado: José Salmerón Hernández.

Procedimiento: ordinario 923/2018.F.

Que debo estimar y estimo la demanda presentada por el procurador José Carlos Lagüela Andrade, en nombre y representación de la entidad Cafés As Candelas, S.L., contra José Salmerón Hernández, y condeno a este a abonar a la actora la cantidad de siete mil ciento cuarenta y un euros con veinte céntimos (7.141,2 euros) más los intereses legales desde la reclamación judicial.

Además, deberá condenarse al demandado a abonar la cantidad de doscientos setenta euros con cuatro céntimos (270,04 euros) por los suministros efectuados y no pagados, y a los intereses legales que se devenguen sobre dicha suma desde la reclamación judicial.

También deberá condenarse al demandado a restituir a la actora los bienes cedidos a la firma del contrato, de fecha 28 de octubre de 2010 (una cafetera Markus Control, dos grupos negra c/display, un molino Compak K6, un molinillo Compak K3, un filtro Brita C 300 y 6 docenas de vajilla marrón (3 docenas de tazas de café solo y 3 docenas de tazas de desayuno).

Asimismo, el demandante, una vez abonado por el demandado el importe objeto de condena, deberá suministrar a este el café pendiente, quinientos cuarenta y un kilos (541 kg).

Se condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que frente a ella puede interponerse recurso de apelación ante este juzgado en el plazo de veinte días contados desde el día siguiente a su notificación.

Así lo acuerda y manda José Luis Deaño Rodríguez, magistrado juez del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Lugo y de su partido.

Y encontrándose dicho demandado, José Salmerón Hernández, en paradero desconocido, se expide el presente edicto a fin de que le sirva de notificación en forma.

Lugo, 17 de enero de 2020

La letrada de la Administración de justicia