Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:
Solicitante: UFD Distribución Electricidad, S.A.
Domicilio social: travesía de Vigo, 204, 36207 Vigo.
Denominación: sustitución del cable LMTS LOZ813B entre el CS Safricope y el CT Estribela.
Ubicación: Marín.
Características técnicas: LMT subterránea a 20 kV con conductor tipo RHZ de 390 metros de longitud, con origen en el CS Safricope (36CI40) y final en el CT Estribela (36CF77). Las instalaciones están situadas en el casco urbano del ayuntamiento de Marín, en las calles Fonte do Leste, Concepción Arenal, Regueira, avenida de Marín y avenida de Ourense (Pontevedra).
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el capítulo II, título VII, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en la Resolución de la Consellería de Economía e Industria, de 19 de febrero de 2014, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG nº 54, de 19 de marzo), así como en la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG nº 203, de 25 de octubre), esta jefatura territorial resuelve:
Conceder autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la referida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución, a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y a las condiciones establecidas en los condicionados de los organismos que constan en el expediente.
Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada, ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución; también podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente en derecho.
Pontevedra, 11 de marzo de 2020
Ignacio Rial Santomé
Jefe territorial de Pontevedra


