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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 94 Viernes, 15 de mayo de 2020 Pág. 20290

III. Otras disposiciones

Agencia Gallega de la Industria Forestal

RESOLUCIÓN de 5 de mayo de 2020 por la que se acuerda la continuación de la tramitación del procedimiento para la convocatoria, para el año 2020, de las ayudas para la organización de actividades formativas no regladas y de divulgación que impulsen el conocimiento, la competitividad y la innovación de la industria forestal de Galicia y, en consecuencia, proceder a la aprobación de las bases reguladoras y a la consecuente publicidad de la convocatoria (código de procedimiento IN501A).

I. El día 14 de marzo de 2020 se publicó en el Boletín Oficial del Estado y entró en vigor el Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. En sus disposiciones adicionales tercera y cuarta decreta la suspensión de plazos administrativos y de prescripción y caducidad.

II. En el mismo sentido, la Resolución de 15 de marzo de 2020, de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, por la que se da publicidad al Acuerdo del Centro de Coordinación Operativa (Cecop), mediante el que se adoptan medidas preventivas en lugares de trabajo del sector público autonómico a consecuencia de la evolución epidemiológica del coronavirus COVID-19, en su punto séptimo decreta la suspensión y la interrupción de los plazos de los procedimientos de las entidades del sector público de la Comunidad Autónoma de Galicia y, en el octavo, la interrupción de los plazos de prescripción y caducidad.

III. Con posterioridad al Acuerdo del Cecop de 15 de marzo se publicó en el BOE número 73, de 18 de marzo, el Real decreto 465/2020, de 17 de marzo, por el que se modifica el Real decreto 463/2020, de 14 de marzo. Entre otras modificaciones se da nueva redacción al número 4 de la disposición adicional tercera de aquel real decreto. Conforme a la redacción vigente, las entidades del sector público podrán acordar motivadamente la continuación de aquellos procedimientos administrativos que vengan referidos a situaciones estrechamente vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma, o que sean indispensables para la protección del interés general o para el funcionamiento básico de los servicios.

IV. En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el número 4 de la disposición adicional tercera del Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, para la continuación de los procedimientos de adjudicación de contratos y de concesión de subvenciones que estuvieran en tramitación en el momento de la entrada en vigor de dicho real decreto, y que actualmente se encuentran suspendidos, los órganos en cada caso competentes deben adoptar una decisión motivada que permita, en su caso, el dictado de la correspondiente resolución de adjudicación del contrato o de concesión de la subvención.

V. Con carácter previo a la entrada en vigor del Real decreto 463/2020, el 14.3.2020, la Agencia Gallega de la Industria Forestal había iniciado la tramitación para la convocatoria, para el año 2020, de las ayudas para la organización de actividades formativas no regladas y de divulgación que impulsen el conocimiento, la competitividad y la innovación de la industria forestal de Galicia (código de procedimiento IN501A).

En este sentido, el referido procedimiento había completado la tramitación interna, ya que el expediente contaba con todos los informes preceptivos, incluida la fiscalización realizada el 13.3.2020 por la Intervención Delegada, previa a la aprobación de las bases reguladoras y de la convocatoria de las ayudas.

VI. De acuerdo con lo dispuesto en los antecedentes anteriores, con la entrada en vigor del Real decreto 463/2020 el 14.3.2020, se suspendió la tramitación del procedimiento relativo a dichas ayudas (código de procedimiento IN501A) y, en consecuencia, no tuvo lugar la aprobación de las bases reguladoras y la consecuente publicidad.

VII. El Acuerdo del Consello de la Xunta de 3 de abril sobre la iniciación, continuación y aprobación de procedimientos de expedientes de contratación de contratos y de subvenciones que estuvieran en tramitación en el momento de la entrada en vigor del Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, establece aspectos relativos a la continuación de los procedimientos de concesión de subvenciones, una vez completada la tramitación interna de los expedientes en los términos indicados, hasta el momento previo a la fiscalización y a la aprobación.

VIII. El 24.4.2020 el Consello de la Xunta acordó valorar favorablemente la propuesta de continuación de la Agencia Gallega de la Industria Forestal de los expedientes de subvenciones actualmente en tramitación, concretamente el correspondiente a la tramitación de la convocatoria, para el año 2020, de las ayudas para la organización de actividades formativas no regladas y de divulgación que impulsen el conocimiento, la competitividad y la innovación de la industria forestal de Galicia (código de procedimiento IN501A), respecto del que el expediente contaba con todos los informes preceptivos, incluida la fiscalización realizada por la Intervención Delegada, previa a la aprobación de las bases reguladoras y de la convocatoria de las ayudas.

IX. Las ayudas recogidas en dicha convocatoria van dirigidas a la organización de acciones formativas no regladas y de divulgación que impulsen el conocimiento y destaquen la importancia estratégica de la industria forestal, la competitividad, el diseño e innovación y el desarrollo sostenible, en concordancia con la estrategia de formación de la Agencia Gallega de la Industria Forestal y con la Agenda de impulso de la industria forestal. En este sentido, la formación se configura como un elemento esencial de generación de valor en la cadena monte-industria, especialmente en un momento en el que el sector se enfrenta a nuevos desafíos para los cuales será preciso actualizar y complementar sus conocimientos.

Por lo que antecede y con el fin de que los posibles interesados puedan participar en la citada convocatoria de ayudas para llevar a cabo a organizaciones de actividades formativas y divulgativas,

RESUELVO:

Acordar la continuación de la tramitación de este procedimiento para la convocatoria, para el año 2020, de las ayudas para la organización de actividades formativas no regladas y de divulgación que impulsen el conocimiento, la competitividad y la innovación de la industria forestal de Galicia (código de procedimiento IN501A) y, en consecuencia, proceder a la aprobación de las bases reguladoras y a la consecuente publicidad de la convocatoria.

Santiago de Compostela, 5 de mayo de 2020

José Ignacio Lema Piñeiro
Director de la Agencia Gallega de la Industria Forestal