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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 105 Lunes, 1 de junio de 2020 Pág. 21822

III. Otras disposiciones

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 22 de mayo de 2020, de la Dirección General de Orientación y Promoción Laboral, por la que se redistribuyen los créditos presupuestarios recogidos en la Orden de 2 de mayo de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Plan de formación para el empleo (personas trabajadoras ocupadas) y se procede a su convocatoria para los ejercicios 2019 y 2020 (código de procedimiento TR302A).

Mediante la Orden de 2 de mayo de 2019, que se publicó en el Diario Oficial de Galicia número 99, de 27 de mayo, se establecieron las bases reguladoras y se convocaron subvenciones para la programación de acciones formativas dirigidas a las personas trabajadoras ocupadas en la Comunidad Autónoma de Galicia para los ejercicios 2019 y 2020.

En el artículo 4 de esta orden se recoge la financiación de las ayudas previstas con cargo a las aplicaciones presupuestarias 09.41.323B.471.0 y 09.41.323B.481.0, con una cuantía inicial de 5.000.000 € distribuida entre las anualidades 2019 (2.000.000 €) y 2020 (3.000.000 €), procedentes de fondos finalistas del Servicio Público de Empleo Estatal.

En el mismo artículo se establece que esos créditos podrán ser objeto de modificaciones en los supuestos y en las condiciones previstos en los artículos 30 y 31 del Reglamento de la Ley de subvenciones de Galicia, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero.

Una vez instruidos los expedientes y obtenida la relación de solicitudes que cumplen con las condiciones establecidas en las bases reguladoras para adquirir la condición de entidad beneficiaria, es necesario realizar una redistribución del crédito entre las distintas aplicaciones presupuestarias.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero (DOG núm. 20, de 29 de enero de 2009), cuando la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas se distribuya entre distintos créditos presupuestarios, la alteración de dicha distribución no precisará de nueva convocatoria pero sí de las modificaciones que procedan en el expediente de gasto y de la publicación en los mismos medios que la convocatoria.

Por todo lo anterior,

RESUELVO:

Primero. Modificar el crédito destinado a las ayudas convocadas en la Orden de 2 de mayo de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Plan de formación para el empleo (personas trabajadoras ocupadas) y se procede a su convocatoria para los ejercicios 2019 y 2020, redistribuyendo el crédito previsto en dicha orden para la anualidad 2020 de la siguiente forma, sin variar el presupuesto total:

Anualidad 2020

Aplicación presupuestaria

Presupuesto inicial

Modificaciones

Presupuesto final

09.41.323B.471.0

2.300.000,00

450.310,05

2.750.310,05

09.41.323B.481.0

700.000,00

-450.310,05

249.689,95

Total

3.000.000,00

3.000.000,00

La distribución prevista inicialmente para la anualidad 2019 no ha sufrido modificación alguna.

Segundo. Esta modificación, una vez publicada en el Diario Oficial de Galicia, no implicará apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes.

Santiago de Compostela, 22 de mayo de 2020

Pablo Casal Espido
Director general de Orientación y Promoción Laboral