BDNS (Identif.): 510081.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero. Entidades beneficiarias
Las asociaciones de vendedores de las plazas de abastos, sin fines de lucro, que estén legalmente constituidas y cuyo ámbito de actuación se desarrolle en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Las agrupaciones de personas físicas y jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica, constituidas a los solos efectos de compartir la unidad gerencial prevista en los apartados 3.1.1.f) y 3.1.2.f) del artículo 1 y cuyo ámbito de actuación se desarrolle en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Las asociaciones de comerciantes de carácter territorial, sin ánimo de lucro, que estén legalmente constituidas y cuyo ámbito de actuación se desarrolle en la Comunidad Autónoma de Galicia, que lleven a cabo proyectos de interés y trascendencia en centros comerciales abiertos.
Segundo. Objeto
Subvenciones a las asociaciones de comerciantes sin fines de lucro para la dinamización y revitalización de los centros comerciales abiertos y plazas de abastos de Galicia.
Tercero. Bases reguladoras
Se publican conjuntamente con la convocatoria.
Cuarto. Importe
Se destina un total de 2.000.000 euros en la aplicación presupuestaria 09.30.751A.781.1.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
Un mes que se contará a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 5 de junio de 2020
Francisco José Conde López
Conselleiro de Economía, Empleo e Industria