Para conocimiento general, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 72 y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, se hace público que la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, con fecha 19 de diciembre de 2017, pronunció la sentencia número 489/2017, dictada en el procedimiento ordinario nº 4124/2015, interpuesto por Telefónica de España, S.A.U., sentencia que en su parte dispositiva literalmente dice:
«En atención a lo expuesto, la Sala ha decidido estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación legal de Telefónica de España, S.A.U. contra la Orden de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de 6 de febrero de 2015 sobre aprobación definitiva del Plan general de ordenación municipal del Ayuntamiento de Boqueixón que anulamos por su disconformidad a derecho; con expresa condena en costas a las administraciones demandadas».
Santiago de Compostela, 17 de junio de 2020
María Encarnación Rivas Díaz
Directora general de Ordenación del Territorio y Urbanismo