Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 147 Jueves, 23 de julio de 2020 Pág. 29269

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Guitiriz

ANUNCIO de modificación de usos urbanísticos en parcelas municipales.

Modificación de usos urbanísticos en las parcelas municipales: nave municipal del Senpa y parcelas S-2 y D-1 del parque empresarial.

Por acuerdo plenario de fecha 15 de junio de 2020 se adoptó el acuerdo de cambiar el uso urbanístico de las siguientes parcelas municipales dotacionales en aplicación de lo dispuesto en el artículo 42.5 de la Ley del suelo de Galicia:

Parcela nave municipal del Senpa (referencia catastral: 9615118NH8891N0001HB):

Cambio de uso específico de esta equipación de manera que el uso dotacional ya admitido por la ordenanza de aplicación se extienda al siguiente:

Dotacional: todos los grados.

Parcela S-2: dotacional de equipación social. Parque empresarial (referencia catastral: 7221923NH8872S0001KF):

Se eliminan los usos admitidos de «restaurantes, bares y hotelero» impropios de las dotaciones según la legislación actual, manteniendo los restantes e incorporando como usos admitidos los siguientes, de los recogidos en el anexo I del Decreto 143/2016 RLSG:

Servicios urbanos: aquellos que incluyen el conjunto de redes, instalaciones y espacios asociados, destinados a la prestación de servicios urbanísticos, como son los de captación, almacenamiento, tratamiento y distribución de agua, saneamiento, depuración y reutilización de aguas residuales, recogida, depósito y tratamiento de residuos, suministro de gas, energía eléctrica, telecomunicaciones y demás servicios esenciales o de interés general (anexo I, punto 3.4.b) del RLSG).

Servicios públicos: aquellos que comprenden instalaciones relacionadas con servicios públicos como protección civil, seguridad ciudadana, cementerios, plazas de abastos y otros análogos (anexo I, punto 3.4.d).6º del RLSG).

Parcela D-1: dotacional de parque deportivo. Parque empresarial (referencia catastral: 7221924NH8872S0001RF):

Se mantiene el uso existente propio de la equipación y se incorporan como usos admitidos los siguientes, de los recogidos en el anexo I del Decreto 143/2016 RLSG:

Servicios urbanos: aquellos que incluyen el conjunto de redes, instalaciones y espacios asociados, destinados a la prestación de servicios urbanísticos, como son los de captación, almacenamiento, tratamiento y distribución de agua, saneamiento, depuración y reutilización de aguas residuales, recogida, depósito y tratamiento de residuos, suministro de gas, energía eléctrica, telecomunicaciones y demás servicios esenciales o de interés general (anexo I, punto 3.4.b) del RLSG).

Servicios públicos: aquellos que comprenden instalaciones relacionadas con servicios públicos como protección civil, seguridad ciudadana, cementerios, plazas de abastos y otros análogos (anexo I, punto 3.4.d).6º del RLSG).

Guitiriz, 2 de julio de 2020

Marisol Morandeira Morandeira
Alcaldesa