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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 154 Lunes, 3 de agosto de 2020 Pág. 30359

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

EXTRACTO de la Resolución de 22 de julio de 2020, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas de emergencia social y se procede a su convocatoria para el año 2020 (código de procedimiento PR935A).

BDNS (Identif.): 517737.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones:

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Personas beneficiarias

Las personas emigrantes gallegas y sus hijos/as, que posean la condición de personas gallegas residentes en el exterior, de acuerdo con lo establecido en el párrafo siguiente.

A los efectos de la presente convocatoria, tendrán la condición de personas gallegas residentes en el exterior aquellas personas emigrantes que hayan nacido en Galicia o bien acrediten haber residido en Galicia de forma continuada durante diez años, con nacionalidad española, así como también sus hijos/as que tengan nacionalidad española y que se encuentren vinculados con cualquier ayuntamiento gallego en el Padrón de residentes en el exterior (Pere) o en el Censo electoral de residentes en el exterior (Cera).

Excepcionalmente, para el caso de que estas personas tengan que realizar un viaje y no puedan valerse por sí mismas, también podrá ser beneficiaria una persona acompañante.

Segundo. Objeto

Aprobar las bases por las que se regirá la concesión de ayudas dirigidas a personas emigrantes de nacionalidad española y de origen gallego residentes en el exterior, que carezcan de los recursos económicos necesarios para atender situaciones sobrevenidas de carácter extraordinario de emergencia social, sanitaria o asistencial, que precisen de una actuación urgente para evitar o paliar situaciones de necesidad o exclusión social, así como las que tengan por objeto sufragar los costes de los viajes que tengan que realizar, por razones de estas características, las personas que puedan tener la condición de beneficiarias.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 22 de julio de 2020, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas de emergencia social y se procede a su convocatoria para el año 2020 (código de procedimiento PR935A).

Cuarto. Importe

Para la concesión de las subvenciones convocadas se destinará un crédito total de 200.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 04.30.312C.480.0.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de solicitudes abarcará desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia hasta el 15 de noviembre de 2020, ambos incluídos.

Santiago de Compostela, 22 de julio de 2020

Secretario general de la Emigración
P.S. (Decreto 76/2017, de 28 de julio)
José Carlos García Bouzas
Subdirector general de Gestión
Económico-Administrativa y del Retorno