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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 166 Martes, 18 de agosto de 2020 Pág. 32844

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de Promoción Económica

RESOLUCIÓN de 6 de agosto de 2020 por la que se amplían los plazos máximos de ejecución de los proyectos y de presentación de la justificación y solicitud de cobro de la Resolución de 19 de diciembre de 2018, por la que se da publicidad del Acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de las ayudas a los proyectos de inversión empresarial, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se convocan en régimen de concurrencia no competitiva.

En el Diario Oficial de Galicia núm. 13, de 18 de enero de 2019, se publicó la Resolución de 19 de diciembre de 2018 por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Dirección del Instituto Gallego de Promoción Económica que aprueba las bases reguladoras de las ayudas a los proyectos de inversión empresarial, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se convocan en régimen de concurrencia no competitiva.

En el párrafo segundo del Resuelvo quinto se establece que el plazo de ejecución de los proyectos finalizará en la fecha establecida en la resolución de concesión, sin que nunca pueda exceder el 30 de septiembre de 2021.

Asimismo, en el párrafo sexto del Resuelvo quinto se establece que para aquellos proyectos cuyo plazo de ejecución finalice entre el 10 y el 30 de septiembre de 2021, el beneficiario deberá presentar la solicitud de cobro como máximo el 11 de octubre de 2021.

No obstante, mediante la disposición adicional tercera del Real decreto 463/2020 por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público, indicándose expresamente que el cómputo de los mismos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el antedicho real decreto y sus prórrogas.

Posteriormente, mediante la Orden de la Consellería de Economía, Empleo e Industria de 6 de mayo de 2020 (DOG núm. 90, de 11 de mayo), se acuerda la continuación de determinados procedimientos relativos a la concesión de subvenciones indispensables para la protección del interés general en el ámbito de la consellería durante la vigencia del estado de alarma, nombradamente la Resolución del Igape de 19 de diciembre de 2018 que aprueba las ayudas a los proyectos de inversión empresarial, con entrada en vigor el día siguiente al de su publicación, esto es, el 12 de mayo de 2020.

Lo dispuesto en los párrafos anteriores implica que el plazo de vigencia de las ayudas recogidas en las presentes bases estuvo interrumpido durante 59 días naturales, por lo que es preciso añadir tal período a la fecha máxima de finalización del plazo de ejecución del proyecto fijada en las bases reguladoras, estableciendo, por tanto, dicha fecha en el 29 de noviembre de 2021.

Teniendo en cuenta el número de solicitudes pendientes de resolución y lo dispuesto en el artículo 7.3 de las bases reguladoras de las ayudas –mediante el que se establece que el plazo de ejecución del proyecto será el establecido en la resolución de concesión y, en todo caso, comprendido entre el día siguiente al de la presentación de la solicitud y los 12 meses siguientes a la fecha de notificación de la resolución de concesión–, y teniendo en cuenta además la situación actual de crisis provocada por el COVID-19, en la que las inversiones en ejecución pueden o podrán verse afectadas por retrasos o paros como consecuencia de las medidas de prevención y protección frente a la enfermedad, resulta conveniente otorgar al beneficiario un plazo de ejecución del proyecto suficiente desde la fecha de la notificación de la resolución de concesión, por lo que conviene ampliar el plazo máximo de ejecución y, en consonancia, el de presentación de la justificación y solicitud de cobro, fijados inicialmente en las bases reguladoras.

Por todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y dado que no se causan perjuicios a terceros,

RESUELVO:

Artículo 1

Fijar en el 31 de marzo de 2022 la fecha de la que no puede exceder el plazo de ejecución de los proyectos que se establezca en la resolución de concesión, establecida en el párrafo segundo del Resuelvo quinto de la Resolución de 19 de diciembre de 2018 por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Dirección del Instituto Gallego de Promoción Económica que aprueba las bases reguladoras de las ayudas a los proyectos de inversión empresarial, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se convocan en régimen de concurrencia no competitiva.

Artículo 2

El beneficiario deberá presentar la justificación de las inversiones y la solicitud de cobro en el plazo máximo de un mes desde la fecha de finalización del plazo de ejecución fijada en la resolución de concesión y, como muy tarde, el 13 de octubre de 2020 para la anualidad 2020, el 11 de octubre de 2021 para la anualidad 2021, y el 30 de abril de 2022 para la anualidad 2022. Los gastos ejecutados a partir del 1 de noviembre de 2020 podrán imputarse con cargo a la justificación de la anualidad 2021, y los ejecutados a partir del 1 de noviembre de 2021 podrán imputarse con cargo a la justificación de la anualidad 2022.

Artículo 3

Se redistribuyen los créditos disponibles establecidos en el Resuelvo cuarto de la nombrada resolución, que tendrán la siguiente distribución plurianual:

Partida presupuestaria

Año 2020

Año 2021

Año 2022

09.A1.741A.7701

2.000.000 €

3.100.000 €

3.900.000 €

Artículo 4

Esta resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 6 de agosto de 2020

Juan Manuel Cividanes Roger
Director general del Instituto Gallego de Promoción Económica