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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 182 Martes, 8 de septiembre de 2020 Pág. 35340

III. Otras disposiciones

Agencia Gallega de las Industrias Culturales

RESOLUCIÓN de 31 de agosto de 2020 por la que se amplía el plazo de justificación de las subvenciones concedidas al amparo de la Resolución de 14 de diciembre de 2017 por la que se aprueban las bases para la concesión de subvenciones a producciones y coproducciones audiovisuales de contenido cultural gallego, y se convocan para el año 2018 (código de procedimiento CT207A).

El 29 de diciembre 2017 se publicó en el Diario Oficial de Galicia número 246 la Resolución de 14 de diciembre de 2017 por la que se aprueban las bases para la concesión de subvenciones a producciones y coproducciones audiovisuales de contenido cultural gallego y se convocan para el año 2018 (código de procedimiento CT207A).

La base decimosexta, punto 5, establece que el plazo de justificación finalizará el 15 de julio de 2019 para la modalidad de cortometrajes (modalidad D), y el 15 septiembre de 2020, para el resto de las modalidades.

El artículo 45.3 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, establece la posibilidad de que el órgano concedente de las subvenciones otorgue, salvo precepto en contra contenido en las bases reguladoras, una ampliación del plazo establecido para presentar la justificación, que no excederá de la mitad de este y siempre que con ello no se perjudiquen derechos de terceros.

El artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en el cual se indica que la ampliación podrá acordarse de oficio o a instancia de parte antes del vencimiento del plazo de que se trate y si las circunstancias así lo aconsejan.

En consecuencia, teniendo en cuenta la fecha de justificación es el día 15 de septiembre de 2020 para todas las modalidades salvo la modalidad D, la existencia de numerosas solicitudes de ampliación de este plazo por parte de beneficiarios, por las de las dificultades que están encontrando para presentar su justificación como consecuencia de la declaración del estado de alarma por el Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, por causa del COVID-19, lo que provocó una suspensión de los plazos administrativos, un parálisis total de la actividad económica y un nuevo escenario social.

Por las razones antes expuestas,

RESUELVO:

Modificar la fecha límite de justificación establecida en el mes de septiembre de 2020 de la base decimosexta, punto 5, de la Resolución de 14 de diciembre de 2017 por la que se aprueban las bases para la concesión de subvenciones a producciones y coproducciones audiovisuales de contenido cultural gallego, y se convocan para el año 2018 (código de procedimiento CT207A), ampliando el plazo para presentar la documentación justificativa hasta el 15 de noviembre de 2020.

Disposición final

Esta resolución entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 31 de agosto de 2020

Román Rodríguez González
Presidente del Consejo Rector de la Agencia Gallega de las Industrias Culturales