Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 185 Viernes, 11 de septiembre de 2020 Pág. 35843

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Política Social

RESOLUCIÓN de 2 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica, por la que se amplía la prórroga de la vigencia de los títulos y carnets de familia numerosa expedidos por la Comunidad Autónoma de Galicia.

El 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud declaró la pandemia del brote del virus COVID-19. La facilidad de contagio y la rápida propagación de este virus generó un grave problema de salud pública global. En respuesta la esta situación de emergencia sanitaria, los poder públicos centrales y autonómicos adoptaron medidas excepcionales de carácter sanitario y social en aras de proteger a la población y, en particular, a los colectivos más vulnerables.

El 14 de marzo de 2020 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real decreto 463/2020, de 14 de marzo , por lo que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por COVID-19. Esta norma regula medidas restrictivas como el confinamiento, la limitación de la circulación, la suspensión de plazos de procedimientos administrativos o el cierre de servicios administrativos no esenciales.

El Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, establece en su artículo 6 que «cada administración conservará las competencias que le otorga la legislación vigente en la gestión común de sus servicios para adoptar las medidas que estime necesarias en el marco de las órdenes directas de la autoridad competente a los efectos del estado de alarma y sin perjuicio del establecido en los artículos 4 y 5».

En materia de familias numerosas, el procedimiento de expedición y renovación de títulos de familias numerosas se considera un servicio público no esencial y, en consecuencia, está afectado por las medidas excepcionales de la dicha norma estatal.

Las limitaciones y obstáculos que esta norma supuso para la ciudadanía en la realización de trámites administrativos, tales como el deber de permanecer nos sus domicilios o la falta de acceso de muchas familias a la tramitación electrónica, aconsejaron a la Administración a establecer mecanismos que minimizaran el impacto negativo de estas medidas en las unidades familiares y la pérdida de derechos y beneficios que a estas corresponden en virtud de su título de familia numerosa.

A estos efectos, la Dirección General de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica acordó, mediante Resolución de 3 de abril de 2020, prorrogar la vigencia de los títulos de familia numerosa y los carnés familiares expedidos por la Comunidad Autónoma de Galicia con caducidad desde lo 1 de enero de 2020 hasta el transcurso de 3 meses desde el levantamiento de las medidas derivadas de la declaración del estado de alarma.

El 15 de junio de 2020 se levantaron en Galicia las medidas restrictivas contenidas en el Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, por lo que la vigencia de la de la prórroga automática de los títulos de familia numerosa se extiende hasta el 15 de septiembre de 2020.

Así, resulta imprescindible mantener la cobertura de todas las familias que cumplen los requisitos para conservar su título de familia numerosa más allá de 15 de septiembre en caso de que en esa fecha no tengan la renovación realizada, para garantizar el acceso a todas las prestaciones y beneficios que les son propios.

El artículo 5.2 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas atribuye a la comunidad autónoma de residencia del solicitante a competencia para el reconocimiento de la condición de familia numerosa, así como para la expedición y renovación del título que acredita dicha condición y categoría. Esta competencia la asume la Dirección General de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica de acuerdo con el dispuesto en el artículo 13.1 letra a) del Decreto 176/2015, de 3 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Política Social.

Por el expuesto,

RESUELVO:

Primero. Ampliar el plazo de prórroga automática de títulos y carnés de familia numerosa expedidos por la Comunidad Autónoma de Galicia, acordado mediante resolución de 3 de abril de 2020 de la Dirección General de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica, desde lo 16 de septiembre de 2020 hasta el 31 de diciembre del 2020. No obstante, durante este período del plazo de vigencia automática, los titulares de los títulos de familia numerosa vienen obligados a solicitar la renovación de los títulos y carnés de familia numerosa.

Segundo. No será de aplicación a prórroga de la vigencia automática prevista en esta resolución, respeto de los hijos que dejen de cumplir los requisitos previstos en la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, por cumplir los 26 años y no tener un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.

Esta resolución será objeto de publicación en el Diario Oficial de Galicia y en la página web de la Consellería de Política Social (www.xunta.gal) de conformidad con el dispuesto en el artículo 45.1 letra a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante la conselleira de Política Social, en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente al de su publicación de conformidad con el dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

Santiago de Compostela, 2 de septiembre de 2020

María Amparo González Méndez
Directora general de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica