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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 193 Miércoles, 23 de septiembre de 2020 Pág. 37082

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Puertos de Galicia

CÉDULA de 18 de septiembre de 2020 por la que se hace público el acuerdo de inicio de procedimiento para la declaración de abandono de remolques con matrículas R-5172-BBM y R-5173-BBM localizados en el puerto de Viveiro.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44, 45 y 46 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), por resultar desconocido el domicilio del propietario de los remolques, la Asociación para la Promoción del Deporte y Turismo Náutico en la Provincia de Lugo, y por motivos de interés público que lo hacen aconsejable, se hace público mediante la publicación en el Boletín Oficial del Estado el acuerdo de inicio de procedimiento para la declaración de abandono de los remolques con matrículas R-5172-BBM y R-5173-BBM que se encuentran localizados en el puerto de Viveiro.

Sobre dichos remolques se encuentran las embarcaciones Río Landro, con folio 7ª-LU-2-103, y Río Sor, con folio 7ª-LU-2-4-03, que junto con los remolques están varadas sin actividad y en un claro estado de abandono desde hace unos 10 años en el puerto de Viveiro, motivo por el que estas embarcaciones fueron declaradas en situación de abandono por Resolución de la Presidencia de Puertos de Galicia de 21 de julio de 2020.

Asimismo, este anuncio se publicará en el Diario Oficial de Galicia, bien que la eficacia del acto notificado quedará supeditada a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

El presente acuerdo se emite en base a lo establecido en el artículo 128 de la Ley 6/2017, de 12 de diciembre, de Puertos de Galicia (DOG núm. 236, de 14 de diciembre), y en el artículo 49 del Reglamento de servicio y policía portuarios aprobado por la O.M. de 12 de junio de 1976.

El órgano competente para la resolución de este procedimiento, es la Presidencia de Puertos de Galicia en virtud de las competencias conferidas por el artículo 12.3, apartados a) y l), de la Ley 6/2017 de puertos de Galicia.

La instrucción del procedimiento recae en Jesús Javier Fernández Barro, jefe de la División Jurídica de Puertos de Galicia, y su régimen de recusación es el consignado en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

De conformidad con lo establecido en el artículo 33 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, por motivos de interés público que hacen necesaria la retirada conjunta de las embarcaciones antes citadas junto con los remolques, se aplica al presente procedimiento la tramitación de urgencia.

En consecuencia, se otorga al propietario de los remolques según los datos de Tráfico, así como a cualquier tercero persona física o jurídica que acredite derechos y/o intereses sobre los remolques, un plazo máximo de 5 días para formular alegaciones.

Se advierte que, de acuerdo con la normativa más arriba citada, llegado el término de declarar los remolques abandonados estos pasarán a ser propiedad de Puertos de Galicia, lo que no impedirá que todos los costes de tramitación o que generen las actuaciones a realizar sobre los mismos sean a costa del anterior propietario.

Para su examen, el expediente se encuentra en las dependencias de los Servicios Centrales de Puertos de Galicia en Área Central, plaza de Europa, 5-A, 6º, Santiago de Compostela.

Santiago de Compostela, 18 de septiembre de 2020

Susana Lenguas Gil
Presidenta de Puertos de Galicia