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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 199 Jueves, 1 de octubre de 2020 Pág. 38084

III. Otras disposiciones

Consellería de Hacienda y Administración Pública

ORDEN de 30 de septiembre de 2020 por la que se establecen las condiciones de una emisión de obligaciones sostenibles de la Comunidad Autónoma de Galicia por importe de 500 millones de euros.

En base al artículo 37.3 de la Ley 6/2019, de 23 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2020, se autoriza a la persona titular de la Consellería de Hacienda y Administración Pública para formalizar operaciones de endeudamiento mediante la emisión de deuda pública, la concertación de créditos o cualquier otro instrumento financiero disponible en mercado.

Asimismo, en el artículo 33 del texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia, aprobado por el Decreto legislativo 1/1999, de 7 de octubre, se establece que las emisiones de deuda pública u operaciones de crédito que realice la Comunidad tendrán que ser autorizadas, en todo caso, por el conselleiro de Economía y Hacienda dentro de los límites señalados por la ley, al que le corresponderá, asimismo, autorizar sus características técnicas y su tipo de interés, si estos no fuesen determinados por su ley de creación. La mencionada facultad corresponde en la actualidad al conselleiro de Hacienda y Administración Pública, en virtud del Decreto 110/2020, de 6 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Xunta de Galicia; del Decreto 130/2020, de 17 de septiembre, por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia, y del Decreto 30/2017, de 30 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Hacienda y Administración Pública.

Mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 31 de marzo de 2020 se otorgó la autorización establecida en el artículo 14.3 de la Ley orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de financiamiento de las comunidades autónomas. Asimismo, el 21 de septiembre de 2020, por resolución de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, se le concedió la autorización específica de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional para cumplir lo establecido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de prudencia financiera.

Por todo esto,

DISPONGO:

Artículo único

Se autoriza una emisión de deuda pública sostenible de la Comunidad Autónoma de Galicia (la emisora) por un importe nominal de 500 millones de euros. Esta emisión se realiza bajo la forma de obligaciones sénior, no garantizadas y no subordinadas de la Xunta de Galicia (las «Obligaciones»), representadas mediante anotaciones en cuenta, al amparo de los artículos 59 y siguientes del Real decreto legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del mercado de valores.

La emisión de deuda pública que se autoriza tendrá las características que se detallan a continuación:

Importe nominal de la emisión: quinientos (500) millones de euros.

Modalidad: obligaciones.

Procedimiento de emisión: colocación pública, no asegurada.

Divisa: euro.

Data de emisión y desembolso: 1 de octubre de 2020.

Data de vencimiento: 30 de julio de 2027.

Precio de emisión por obligación: 100 % del importe nominal de cada obligación.

Importe nominal de cada obligación: mil (1.000) euros.

Desembolso: el desembolso de la emisión de las obligaciones será realizado a través de las entidades colocadoras de la emisión en la fecha de emisión y desembolso.

Cupón: tipo de interés nominal 0,084 %, base act/act ICMA, no ajustado, convención día siguiente modificado, pagadero en los aniversarios comenzando el 30 de julio de 2021.

Convención de día hábil: cuando una fecha de pago tenga la consideración de día inhábil en el sistema Target 2 de pagos europeo, o aquel que pueda sustituirlo en el futuro, el pago de los cupones y el reembolso por la amortización de las obligaciones se efectuará en el día hábil siguiente según el calendario del mencionado sistema. El tenedor de los valores no tendrá derecho a percibir intereses como consecuencia de ese posible ajuste.

En los casos en que, según la legislación vigente, sea aplicable la devolución de la retención practicada en los cupones de esta emisión, será el Banco de España quien gestione el correspondiente procedimiento, según se establece en la Orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 16 de junio de 2004, publicada en el Diario Oficial de Galicia el día 18 de junio de 2004.

Representación de las obligaciones: las obligaciones están representadas mediante anotaciones en cuenta registradas a través del Sistema de registro, compensación y liquidación del mercado de renta fija AIAF, gestionado por la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. (Iberclear).

Negociación de los valores: mercado de renta fija AIAF.

Fiscalidad: de conformidad con lo previsto en el artículo 14.5 de la Ley orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de financiamiento de las comunidades autónomas, esta emisión goza de los mismos beneficios y condiciones que la deuda pública del Estado.

Amortización de las obligaciones: las obligaciones serán amortizadas en su totalidad a la par, en la fecha de vencimiento, el 30 de julio de 2027.

Pago de intereses y amortización: el pago de los intereses y la amortización de la deuda se realizarán por el Banco de España de acuerdo a lo establecido en el Convenio marco de fecha 7 de noviembre de 2005, sobre prestación del servicio de tesorería y del servicio financiero de deuda pública.

Ley aplicable: las obligaciones y todas las cuestiones que se deriven o guarden relación con las obligaciones se regirán e interpretarán de conformidad con las leyes españolas.

Jurisdicción: los jueces y tribunales de la ciudad de Santiago de Compostela tienen jurisdicción exclusiva para resolver cualquier disputa que surja o esté relacionada con las obligaciones.

Disposición final

Esta orden tendrá efectos desde el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 30 de septiembre de 2020

Valeriano Martínez García
Conselleiro de Hacienda y Administración Pública